Régimen Legal del Despido Laboral: Salarios de Tramitación, Causas de Nulidad e Improcedencia
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 6,08 KB
Salarios de Tramitación: Definición y Aplicación
Los salarios de tramitación son las retribuciones a las cuales tiene derecho un trabajador cuando, tras la calificación de un despido como improcedente o nulo por un tribunal, la empresa opta por la readmisión del empleado. El legislador obliga al abono de salarios de tramitación a los representantes de los trabajadores (delegados sindicales) en casos de despidos improcedentes.
Periodo que Abarcan los Salarios de Tramitación
Estos salarios cubren el periodo comprendido desde la fecha efectiva del despido hasta:
- La notificación de la sentencia (STC) que declara la improcedencia o nulidad.
- O hasta que el trabajador hubiera encontrado otro trabajo, si esta fecha fuera anterior a la sentencia.
El abono de estos salarios elimina la solapación con la prestación de desempleo que el trabajador pudiera haber percibido durante ese periodo.
Consecuencias del Despido
Despido Nulo
En el caso de los despidos nulos, la empresa tiene la obligación de readmitir al trabajador y, por tanto, abonar los salarios de tramitación en cualquier caso.
Despido Improcedente
Ante la calificación del despido como improcedente por los tribunales, la empresa tiene dos opciones:
- Optar por la readmisión del trabajador, abonándole los salarios de tramitación.
- Abonar la indemnización correspondiente al despido improcedente, sin la necesidad de abonarle los salarios de tramitación.
Reglas Especiales para Representantes de Trabajadores
En cuanto a los representantes de los trabajadores, corresponde a ellos elegir entre la readmisión o la indemnización. Cualquiera que sea su elección, cobrarán los salarios de tramitación.
Reclamación de Salarios al Estado
Cuando la sentencia que declare la improcedencia del despido se dicte transcurridos más de noventa días hábiles desde la fecha en que se presentó la demanda, el empresario podrá reclamar del Estado el abono de los salarios de tramitación, así como las cuotas de la Seguridad Social relativas a dichos salarios, correspondientes al tiempo que exceda de esos noventa días hábiles.
Despido Nulo: Restablecimiento de la Relación Laboral
El despido nulo impone al empresario el restablecimiento de la relación laboral con el trabajador que en su día quedó rota por la decisión unilateral de despedirlo.
Causas de Nulidad
Un despido es nulo si:
- Violación de Derechos Fundamentales: Se viola cualquier derecho fundamental o libertad pública del trabajador. Incluido el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución Española (CE).
- Víctimas de Violencia de Género: Despido a trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de ciertos derechos.
- Protección por Maternidad y Conciliación: Despido de trabajadoras embarazadas (desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo de la maternidad), durante el periodo de maternidad, riesgo durante el embarazo, durante la lactancia, adopción, acogimiento, etc.
- Reintegración Post-Suspensión: Trabajadores reintegrados después de finalizar los periodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento, siempre que no transcurran nueve meses desde la fecha de nacimiento o resolución de acogimiento.
Si la causa se fundase en una de las anteriores por discriminación directa, se consideraría nulo.
Efectos de la Nulidad
Los efectos inmediatos son:
- Inmediata readmisión.
- Abono de salarios de tramitación, que corre a cargo del empresario.
En sentencia firme de nulidad por acoso, la víctima puede optar por cesar la relación laboral con el abono de la correspondiente indemnización. Si fuese también por infringir derechos fundamentales, puede pedir indemnización por daños y perjuicios.
Despido Disciplinario
El despido disciplinario se entiende como toda forma de extinción de la relación laboral unilateralmente por el empresario, basada en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
Procedimiento y Garantías
El procedimiento de reclamación judicial contra el despido es común contra la extinción de su contrato que el trabajador considere ilegal, con excepción del despido colectivo. Aplica los límites del poder disciplinario.
El despido es la manifestación más grave, afectando al modo de vida y al estatuto jurídico del trabajador. Los representantes de los trabajadores y delegados sindicales, por su función, tienen garantías especiales en el procedimiento de su despido.
Causas del Despido Disciplinario
Las causas que justifican un despido disciplinario incluyen:
- Falta de asistencia o puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia.
- Ofensas verbales o físicas.
- Transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- Disminución continuada y voluntaria del rendimiento.
- Embriaguez o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- Acoso discriminatorio.
Detalle sobre la Transgresión de la Buena Fe Contractual
La transgresión de la buena fe contractual se produce cuando se violan los deberes de fidelidad y el trabajador actúa con total conocimiento. Basta con negligencia culpable y que la equidad empresarial no pueda ser tolerada por la empresa. Producida la transgresión, es posible el despido, siendo indiferente su gravedad o el daño. No obstante, se ha de ponderar el cargo que el despedido ocupa en la empresa y sus circunstancias personales y profesionales.