Régimen Legal y Clasificación de los Títulos Valores en el Derecho Comercial

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Definición de Títulos Valores

Los títulos valores son documentos esenciales para ejercer el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna (Art. 623 Código de Comercio). Alternativamente, se definen como documentos que contienen una promesa de pago exigible por cualquier poseedor de buena fe, a quien no podrán oponerse excepciones personales derivadas del anterior poseedor.

Principios Fundamentales

  • Autonomía: Es una obligación principal e independiente del acto o negocio jurídico que le haya dado origen.
  • Legitimación: Es el medio para facilitar el ejercicio del derecho incorporado.
  • Tipicidad y Formalismo: Deben cumplir rigurosamente con los requisitos establecidos en la ley.

Características Esenciales

  • Documento Privado: No requiere intervención de Notario.
  • Incorporación: El derecho se encuentra adherido al título; sin el documento, este derecho no puede circular. (Según Lorenzo Mossa: “poseo porque poseo”).
  • Documento Probatorio: La simple exhibición del documento prueba la existencia del derecho y la obligación correlativa.

Tipos de Derechos Incorporados en los Títulos Valores

  1. De Crédito: Son los que dan derecho a reclamar el pago de una suma determinada de dinero.

    Ejemplo: Letra de Cambio, Pagaré, Cheque.

  2. De Propiedad: Incorporan el derecho a reclamar los bienes que se consignan en el texto del documento.

    Ejemplo: Certificados de Depósito de Mercadería.

  3. Patrimoniales y de Consecución: Son los que representan una participación o inversión.

    Ejemplo: Acciones, Bonos.

Requisitos Legales Básicos

  1. Nombre del título de que se trate.
  2. Fecha y lugar de emisión.
  3. Las prestaciones y derechos que el título incorpora.
  4. Lugar de cumplimiento o ejercicio de los mismos.
  5. Firma del emisor.

Clasificación de los Títulos Valores

Títulos Nominativos:
Se expiden a favor de personas determinadas, cuyos nombres deben consignarse tanto en el texto del documento como en el registro que debe llevar el emisor.
Títulos a la Orden:
Se expiden a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto del documento, sin necesidad de registro posterior.
Títulos al Portador:
Son aquellos que no están expedidos a favor de persona determinada (contengan o no la cláusula “al portador”). Se transmiten por simple entrega.

Tipos de Endoso

  1. Endoso en propiedad (Arts. 666 y 667 del Código de Comercio).
  2. Endoso en garantía o en prenda (Arts. 666 y 668 del Código de Comercio).
  3. Endoso al cobro (Arts. 666 y 669 del Código de Comercio).

Principales Títulos Valores

Letra de Cambio

Orden incondicional dirigida al librado para pagar una suma determinada de dinero a una persona beneficiaria.

Participantes:

  1. Librador.
  2. Librado (Aceptante).
  3. Beneficiario.

Nota: En algunos casos, el Librador y el Beneficiario pueden ser la misma persona.

Cheque

Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero a una persona, indicando la cantidad tanto en letras como en números.

Pagaré

Promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero a una persona.

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