Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común: Plazos, Silencio y Recursos

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El Procedimiento Administrativo: Plazos, Obligación de Resolver y Recursos

Cómputo de Plazos

Los plazos se pueden contar de diferentes formas, dependiendo de si se establecen en días, meses o años.

Plazos en Días

  • Cuando los plazos se establecen en días, estos serán por defecto hábiles, salvo que expresamente se indique que son naturales. Si no se dice nada, se entenderán siempre como hábiles.
  • El cómputo de los plazos en días comienza a partir del día siguiente a aquel en el que se recibió la notificación.

Plazos en Meses y Años

  • El plazo concluirá el mismo día del mes o del año en el que el plazo termina.
  • Si en el mes o año de vencimiento no existe el día en el que concluye el plazo, este terminará el día antes dentro del mismo mes o año.
  • Si el último día en que concluye el plazo es festivo, el plazo concluirá el primer día hábil siguiente.

Obligación de Resolver de la Administración

La Administración está obligada a resolver y notificar cualquier procedimiento, ya sea iniciado de oficio o a solicitud del interesado.

  • El plazo para resolver será el que establezca cada procedimiento, el cual no podrá exceder de 6 meses, salvo que una ley establezca un plazo mayor.
  • Si en un procedimiento no se establece el plazo que tiene la Administración para resolver, el plazo máximo será de 3 meses.

El Silencio Administrativo

El Silencio Administrativo se produce cuando la Administración no se ha pronunciado sobre un procedimiento iniciado en el plazo previsto.

Procedimientos Iniciados a Solicitud del Interesado

La regla general es el Silencio Administrativo Positivo, es decir, favorece al administrado (Ejemplo: Se concede una beca).

Excepciones: Silencio Negativo (Desestimatorio)

El silencio será negativo (desestimatorio) en los siguientes casos:

  1. En los procedimientos relativos al derecho de petición. (Ejemplo: Solicitar al gobierno que realice una acción. Si se produce silencio, la solicitud se entiende denegada).
  2. En los procedimientos de los que puedan derivarse para el administrado derechos sobre el dominio público. (Ejemplo: Solicitar permiso para poner veladores en la vía pública).
  3. Procedimientos de los que puedan derivarse posibles daños al medio ambiente. (Ejemplo: Pedir una licencia para una fábrica a las afueras del pueblo. Si se incumple el plazo, el silencio es negativo).
  4. Procedimientos de responsabilidad patrimonial. (Ejemplo: Reclamación por daños causados por la Administración).
  5. Cuando se produzca un recurso de alzada.

Procedimientos Iniciados de Oficio

Existen dos casos:

  • Cuando del procedimiento se deriven situaciones favorables para el interesado, el silencio administrativo es negativo (desestimatorio), desfavorable para las pretensiones del interesado.
  • Cuando del procedimiento se deriven situaciones desfavorables para el interesado (Ejemplo: Una sanción o la caducidad del procedimiento).

Recursos Administrativos

ACTOS RECURRIBLES

ÓRGANO ANTE EL QUE SE INTERPONE

ÓRGANO ENCARGADO DE RESOLVER

PLAZO PARA INTERPONERLO

PLAZO PARA RESOLVER

Recurso de AlzadaActos que no ponen fin a la vía administrativaAnte el órgano que dictó el acto o ante el superior jerárquicoEl superior jerárquico1 mes3 meses
Recurso Potestativo de ReposiciónActos que ponen fin a la vía administrativaMismo órgano que dictó el actoMismo órgano que dictó el acto1 mes1 mes
Recurso Extraordinario de Revisión
  • Error de hecho.
  • Que aparezcan documentos posteriores a una resolución que evidencien un error cometido.
  • Que en una resolución se hayan tenido en cuenta documentos o testimonios declarados falsos por sentencia firme.
  • Que en la resolución se haya incurrido en prevaricación, cohecho o violencia.
Mismo órgano que dictó el actoMismo órgano que dictó el acto
  • 4 años (para error de hecho)
  • 3 meses (para los demás supuestos)
3 meses

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