Régimen Jurídico del Lavado de Dinero y la Delincuencia Organizada en el Derecho Penal Federal Mexicano

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Marco Normativo y Delitos Federales en México

Jurisdicción Federal: Reglas de Competencia

El Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) establece las reglas para diferenciar un delito de fuero federal de uno común, determinando los asuntos que conocen los jueces federales:

  1. Delitos de fuero común atraídos por el Ministerio Público Federal (por conexidad).
  2. Procedimientos de extradición.

Intervención de Comunicaciones Privadas

El Artículo 291 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) regula la intervención de las comunicaciones privadas. Cuando en la investigación el Ministerio Público considere necesaria la intervención de comunicaciones privadas, deberá seguir las disposiciones legales aplicables.

Nota: El Artículo 20 del CNPP establece las "Reglas de la competencia".

El Delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Lavado de Dinero)

Definición: El lavado de dinero consiste en la conversión o transferencia de propiedad, a sabiendas de que deriva de un delito, con el propósito de esconder o disfrazar su procedencia ilegal.

Legislación Aplicable al Lavado de Dinero

  • a) Código Penal Federal (Art. 400 Bis).
  • b) Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
  • c) Ley Nacional de Extinción de Dominio.
  • d) Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Viena, 1988).
  • e) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Palermo, 2000).

Productos de la Actividad Ilícita

Según el Artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), se consideran productos de la actividad ilícita los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de un delito.

Antecedentes Históricos del Delito de Lavado

  1. Surge como delito en el Código Fiscal de la Federación el 28 de diciembre de 1988, en su artículo 115 Bis.
  2. El 13 de mayo de 1996 se deroga del Código Fiscal y se establece en el Código Penal Federal, en el artículo 400 Bis.

Etapas del Proceso de Lavado de Dinero

Colocación
Estudio previo e ingreso del dinero ilícito al sistema financiero.
Intercalación (o Estratificación)
Se intercala el dinero entre diversas operaciones financieras complejas para ocultar su origen.
Integración
Inserción del dinero ya blanqueado al sistema financiero legal, aparentando legitimidad.

Régimen Jurídico de la Delincuencia Organizada

Concepto Legal de Delincuencia Organizada

De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (LFCDO), se considera delincuencia organizada cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos graves señalados en dicha ley.

Delitos Relacionados con la Delincuencia Organizada (Art. 2 LFCDO)

  1. Terrorismo.
  2. Delitos contra la salud (Narcotráfico).
  3. Falsificación y uso de moneda falsificada.
  4. Operaciones con recursos de procedencia ilícita (Lavado de Dinero).

Características de la Delincuencia Organizada

  1. No tienen metas ideológicas (lo que la diferencia del terrorismo).
  2. Posee una estructura vertical, a menudo dividida en departamentos o jerarquías.
  3. La membresía implica poseer ciertas aptitudes o habilidades específicas.
  4. Permanencia: La organización subsiste más allá de la vida de sus líderes (si el líder muere, la estructura continúa).
  5. División por células: Cada unidad o miembro tiene funciones específicas.
  6. Uso de soborno o chantaje a funcionarios públicos.
  7. Son mercaderes de productos y servicios ilegales (ofrecen bienes y servicios demandados por la sociedad).
  8. Operan bajo reglas internas estrictas.

Tipologías y Formas de Delincuencia Organizada

Tipos Geográficos:

  1. Local
  2. Nacional
  3. Transnacional

Formas Estructurales:

  • Mafia: De origen italiano (“Cosa Nostra”). Sus miembros suelen emplear códigos de honor y lealtad.
  • Cárteles: Estructuras que surgen principalmente en Colombia y México, enfocadas generalmente en el tráfico de drogas.
  • Pandillas: Aunque pueden evolucionar, se distinguen de las estructuras más complejas de la delincuencia organizada transnacional.

Nota Final: El delito de Delincuencia Organizada está previsto en el Artículo 20 y sancionado en el Artículo 40 (referencias que deben consultarse en la legislación específica aplicable).

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