Régimen Jurídico de la Extinción del Contrato de Trabajo: Causas, Tipos de Despido y Efectos Legales
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EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
Tipos de Extinción del Contrato
Extinción Unilateral
- Por el Empresario: Despido (disciplinario, objetivo, colectivo, de fuerza mayor).
- Por el Trabajador: Dimisión, abandono, resolución causal.
Extinción por Acuerdo o Causa Contractual
- Mutuo acuerdo.
- Causas consignadas en el contrato.
- Expiración del tiempo convenido o de la obra/servicio objeto del contrato.
Causas Impeditivas
- Relativas al Trabajador: Muerte, incapacidad, jubilación.
- Relativas al Empresario: Muerte, incapacidad, jubilación o cierre de la empresa.
El Despido
El despido ocurre cuando el empresario extingue el contrato que lo vincula al trabajador, cesando definitivamente sus efectos.
Características del Despido
- Unilateral, constitutivo, recepticio y causal.
Forma y Plazo de Impugnación
- Forma: Debe ser por escrito, con descripción de los hechos y causas que lo motivan de forma clara y precisa.
- Impugnación: Los trabajadores tienen 20 días hábiles para impugnar el despido ante la autoridad laboral.
Calificación y Efectos de la Reclamación Jurídica
Despido Procedente
- Definición: La causa está acreditada y las formalidades han sido respetadas.
- Efectos: Convalida el despido automáticamente.
Despido Improcedente
- Definición: La causa no está acreditada o existe incumplimiento de las formalidades.
- Efectos: Opción de readmisión del trabajador o indemnización.
Despido Nulo
- Definición: Vulneración de derechos fundamentales o discriminación, fraude de ley, o relacionado con el nacimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia, embarazo, adopción o acogimiento, enfermedades derivadas del parto, reducción de jornada o excedencia.
- Efectos: Readmisión inmediata del trabajador más indemnización (si procede).
Tipos de Despido por Causa
Despido Disciplinario
Motivado por faltas que provocan un incumplimiento de las obligaciones (debe ser grave y culpable).
- Poder disciplinario y sancionador (límites: tipicidad de las faltas).
Efectos Jurídicos
- Procedente: No hay derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.
- Improcedente: Opción entre Readmisión o Indemnización (33 días por año, hasta 24 mensualidades). Derecho a salarios de tramitación. Si es por una cuestión de forma, se permite un nuevo despido.
- Nulo: Readmisión con abono de los salarios no percibidos.
Despido Objetivo
Provoca la ruptura del equilibrio interno del contrato, resultando en una relación gravosa o sin interés productivo (no implica incumplimiento o, si lo hay, es sin dolo ni culpa).
Causas
- Ineptitud.
- Falta de adaptación a modificaciones técnicas.
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) sin consideración de despido colectivo.
- Insuficiencia de presupuesto público.
- Calificación.
Efectos Jurídicos
- Procedente: Derecho a indemnización (20 días por año, hasta 12 mensualidades).
- Improcedente: Opción entre Readmisión o Indemnización (pago de la diferencia).
- Nulo: Devolución de la indemnización (por el trabajador) y compensación de salarios de tramitación.
Despido Colectivo
Basado en causas de carácter económico, técnico, organizativo o de producción que afectan a toda o parte de la plantilla durante un tiempo determinado.
Umbrales (Tipos)
- Cierre de la empresa y afecte a más de 5 trabajadores.
- No cierre y afecte: 10 trabajadores (máximo 100); 10% de la plantilla (entre 100 y 300); 30 o más trabajadores (más de 300).
Efectos Jurídicos
- Procedente: Derecho a indemnización (20 días por año, hasta 12 mensualidades).
- Improcedente: Opción entre Readmisión o Indemnización (pago de la diferencia).
- Nulo: Devolución de la indemnización (por el trabajador) y compensación de salarios de tramitación.
Despido por Fuerza Mayor
Acontecimientos externos, imprevisibles o inevitables que repercuten en el desarrollo de la actividad e imposibilitan la prestación del trabajo.
- Forma: Comunicación a la autoridad laboral y al representante de los trabajadores.
- Indemnización: 20 días por año, hasta 12 mensualidades.