Régimen Jurídico del Contrato de Leasing: Elementos, Tipos y Oponibilidad
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El Contrato de Leasing: Definición, Elementos y Tipos
Definición Legal del Contrato de Leasing
(Art. 1227) “En el contrato de leasing, el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio”.
Elementos Esenciales del Leasing
- Objeto: Puede recaer sobre cosas muebles o inmuebles, marcas, patentes y derechos intelectuales.
- Canon: Es el monto de dinero que el tomador abona en calidad de renta. Este canon generalmente contiene la renta propiamente dicha, la amortización del bien y los gastos administrativos.
- Precio de la Opción de Compra: Este precio debe estar estipulado desde el inicio del contrato, o las partes deben pactar la metodología para determinarlo.
Características Jurídicas (Caracteres)
El contrato de leasing es:
- Consensual
- Bilateral
- Oneroso
- De Tracto Sucesivo
- Conmutativo
- Formal
Partes Intervinientes
Dador
Es el propietario del bien. Puede ser una empresa cuya actividad comercial consista en la generación de operaciones de leasing, una entidad financiera (bancos) que adquiera los bienes para sus clientes, o productores e importadores de bienes de capital que realicen el contrato directamente.
Tomador
Es quien tendrá la tenencia, uso y goce del bien a cambio del pago del canon al dador, hasta el momento de ejercer la opción de compra.
Régimen de Responsabilidades y Oponibilidad
Responsabilidades Civiles
El dador, al entregar la tenencia al tomador, le cede todas las responsabilidades civiles derivadas del riesgo o vicio de la cosa.
Por lo tanto, si la cosa provoca un daño a un tercero, el deber de reparar le corresponde al tomador.
Oponibilidad (Erga Omnes)
Para que esta cesión de responsabilidades sea efectiva y oponible “respecto a todos” (erga omnes), es requisito que el leasing se formalice mediante escritura pública y se inscriba en el registro pertinente. Si la cosa dada en leasing no tiene un registro específico, debe inscribirse en el registro de créditos prendarios.
Clasificación y Tipos de Leasing
- Leasing Financiero: Es otorgado por una entidad financiera. El cliente concurre y solicita que la entidad adquiera un bien determinado para luego dárselo en leasing.
- Leasing Operativo: Es celebrado directamente por el propietario, productor o importador de la cosa.
- Leasing Mobiliario: Recae sobre cosas muebles o bienes inmateriales.
- Leasing Inmobiliario: Son contratos realizados especialmente para la comercialización de inmuebles.
- Leasing Back (Retroleasing): Se utiliza como herramienta de financiamiento. Se presenta cuando una empresa transfiere un bien de su propiedad a una entidad financiera, y esta, a cambio, le otorga el mismo bien en leasing.
Formas de Extinción de Contratos
Rescisión
Implica la extinción del contrato por la voluntad de las partes (mutuo acuerdo) o por la voluntad unilateral de una de ellas cuando la ley o el contrato lo autorizan. Se diferencia de la declaración judicial de nulidad relativa. (Cualquiera de las partes puede tener la voluntad de rescindir).
Resolución
Es el efecto de la condición resolutoria. (Art. 1489) En los contratos bilaterales se encuentra la condición resolutoria que, de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado, el otro contratante podrá pedir a su arbitrio la resolución o el cumplimiento del contrato, con indemnización de perjuicios.
Revocación
Es la ineficacia que generan ciertos actos jurídicos que permiten la retractación de la voluntad de su autor (actos unilaterales) o en los casos que lo permite expresamente la ley (actos bilaterales). No siempre necesita la voluntad de ambas partes.
Ejemplos: En actos unilaterales, se observa en el testamento y en las donaciones revocables; y en actos bilaterales, en el mandato.