Régimen Jurídico y Consecuencias del Sobreseguro e Infraseguro en el Contrato de Seguro Español

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Sobreseguro (Overinsurance)

Se entiende por sobreseguro aquella situación en la cual la suma asegurada supera notablemente el valor del interés asegurado. Esta situación es peligrosa, pues puede incitar al asegurado a la producción dolosa del siniestro para obtener un beneficio.

De acuerdo con el artículo 31 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS), las consecuencias del sobreseguro se resumen de la siguiente manera:

  • Cualquiera de las partes podrá proponer una reducción de la suma asegurada y de la prima, con restitución por parte del asegurador del exceso de primas recibido.
  • De producirse el siniestro, el asegurador indemnizará solo el daño efectivamente causado.

Consecuencias de la Mala Fe en el Sobreseguro

Cuando el sobreseguro se deba a la mala fe del asegurado, el contrato será ineficaz, y el asegurador podrá además retener para sí las primas vencidas.

De conformidad con el artículo 31 de la LCS, la existencia de un sobreseguro solo determina la ineficacia del contrato de seguro cuando se debe a la mala fe del asegurado.

Infraseguro (Underinsurance)

Su figura está regulada por el artículo 30 de la LCS, y consta de dos partes bien diferenciadas. La primera presenta un supuesto de hecho, que es la situación correspondiente con el infraseguro, mientras que la segunda determina las consecuencias indemnizatorias derivadas de esa situación enunciada.

Se trata de la denominada Regla Proporcional, que se entiende como un régimen indemnizatorio especial resultante de aplicar una regla aritmética de carácter polinómico, que tiene en cuenta distintos factores, entre ellos: la suma asegurada, el daño causado y el valor del interés.

De tal modo que si la suma asegurada es inferior al valor del interés, el asegurador únicamente estará obligado a indemnizar el daño causado en idéntica proporción en la que la suma cubra el interés.

Aplicación de la Regla Proporcional

Esta norma solo entra en juego cuando tiene lugar un siniestro parcial, toda vez que en el supuesto de pérdida o destrucción total del objeto asegurado la situación señalada se produce automáticamente, ya que el asegurado solo percibirá la indemnización pactada, corriendo a su propio cargo la diferencia del valor que falte por cubrir.

Excepción a la Regla Proporcional

Tan solo hay una excepción a esta regla, y se daría cuando las partes contratantes no hicieran uso de la facultad otorgada en el párrafo segundo del artículo 30, esto es, la exclusión de la consecuencia indemnizatoria contemplada para el supuesto de hecho de infraseguro.

Clasificación de las Situaciones de Infraseguro

Las situaciones de infraseguro pueden clasificarse atendiendo a dos criterios principales:

  1. En función del momento en que se producen:

    • Iniciales: Cuando la suma asegurada es inferior al valor del interés en el momento de la conclusión del contrato.
    • Sucesivas: Si el menor valor de la suma asegurada acontece durante la vigencia de la póliza suscrita.
    • Finales: Cuando acontece en el momento de la producción del siniestro.
  2. En función de la influencia de la voluntad de los contratantes:

    Las situaciones de infraseguro pueden ser voluntarias o involuntarias.

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