Régimen Jurídico y Concesión Administrativa del Transporte Público por Cable
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Servicio Público de Transporte por Cable
Las instalaciones de transporte por cable con carácter de servicio público, que son la mayoría, son explotaciones que tienen la condición de transporte público. Ofrecen un servicio regular de transporte al público en general previo pago de una tarifa, pero, por este motivo, han de asumir una serie de responsabilidades hacia el servicio, parecidas a las que pueda tener el ferrocarril o una línea regular de autobuses.
La condición de servicio público impone la obligación de dar servicio bajo unas determinadas condiciones de explotación que se fijan en el proyecto de la instalación, las cuales comprenden:
- Las tarifas.
- Los horarios.
- El número de agentes que harán la conducción.
- La manera de hacer el salvamento y los medios necesarios, etc.
En el proyecto también se realiza el estudio técnico de la instalación, que incluye los sistemas de seguridad y la lista de los trabajos de mantenimiento. La Administración competente aprueba el proyecto y, una vez construida la instalación, comprueba junto con la propiedad si la instalación se ajusta al proyecto y asiste, como una de las partes, a las pruebas de funcionamiento previas al inicio del servicio.
La Administración, mediante el servicio de inspección, también supervisa que las condiciones de seguridad y explotación se mantengan a lo largo de la vida de la instalación. Cualquier modificación técnica o de explotación deberá hacerse con autorización de la Administración.
Régimen Administrativo de las Instalaciones de Transporte por Cable
Las instalaciones de servicio público de transporte por cable están sometidas al régimen de concesión administrativa, lo cual implica que las instalaciones no son estrictamente una propiedad privada, aunque están bajo la responsabilidad de la sociedad explotadora. Existe una especie de contrato —la concesión—, por el cual la Administración cede unos derechos de transporte público a la sociedad explotadora bajo una serie de condiciones.
El concepto de concesión puede resultar extraño a la mayoría de la gente porque no es habitual en la vida diaria. Surge del hecho de que las leyes otorgan al Estado la competencia para gestionar el transporte público de viajeros.
El Estado detecta las necesidades de transporte y pone los medios necesarios para cubrirlas, ya sea con el ferrocarril (RENFE, FGC, etc.), con líneas regulares de autobuses, o con otros medios de transporte. A veces son los particulares los que detectan las necesidades y proponen al Estado la creación de una línea regular de transporte público.
Las estaciones de esquí se pueden enmarcar en el caso anterior. La sociedad gestora de la estación estudia las necesidades de transporte en el dominio esquiable y pide al Estado la concesión de una línea de transporte público de viajeros, que en este caso se materializa en la construcción de un telecabina, un telesilla o un telesquí, según cuál sea la necesidad.
Con la petición de la concesión se adjunta un proyecto en el cual se describen los aspectos técnicos, de seguridad, de mantenimiento y de explotación de la instalación. La concesión es el documento administrativo por el cual el Estado cede los derechos de transporte público a la empresa explotadora y en el cual se establecen las condiciones para ejercer la explotación de la instalación.
Definición de Condiciones Normales de Explotación
Las condiciones de explotación se consideran normales cuando, simultáneamente:
- La instalación está en condiciones de funcionar y el personal necesario en su puesto.
- Las condiciones meteorológicas, de visibilidad y otras influencias exteriores no obligan a adoptar ninguna precaución particular.
- La comodidad de los pasajeros está asegurada.
- El accionamiento utilizado es el accionamiento principal.