Régimen General de la Seguridad Social: Requisitos y Prestaciones Esenciales

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Jubilación

Requisitos

  • Dejar de trabajar.
  • Haber cotizado al menos 15 años, de los cuales al menos 2 deben haberse cotizado en los últimos 15 años.
  • Tener la edad legal de jubilación (actualmente 65 años, sujeto a variaciones según el periodo de cotización).

Prestación: Cálculo de la Base Reguladora (B.R.)

Se calcula tomando las 180 últimas bases de cotización por contingencias comunes (las últimas 24 a valor nominal y las demás conforme a un cuadro en el MTAS) y dividiendo el resultado entre 210.

Muerte y Supervivencia

Auxilio por Defunción

Tiene como objetivo compensar los gastos del sepelio. Lo cobra quien haya pagado dichos gastos. La cuantía es de 46,41 €.

Pensión de Viudedad

  • No es necesario un vínculo matrimonial, pero sí acreditar un vínculo por un periodo superior a 1 año (en caso de parejas de hecho).
  • Es compatible con el trabajo.
  • Se pierde al contraer nuevo matrimonio.
  • Se cobra el 52% de la Base Reguladora (B.R.), que se puede aumentar al 70% en algunos casos.

Pensión por Orfandad

  • Beneficiarios: Hijos del fallecido menores de 21 años o con incapacidad.
  • Menores de 23 años si no llegan al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Se amplía a 25 años en 2014 para huérfanos absolutos.
  • Cuantía: Se cobra el 20% de la Base Reguladora (B.R.).

Límite de las Prestaciones por Muerte y Supervivencia

La suma de todas las prestaciones no puede superar el 100% de la Base Reguladora (B.R.).

Desempleo en Régimen General

Requisitos para la Prestación Contributiva

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Estar en alta o situación asimilada al alta.
  • Inscrito como demandante de empleo.
  • Buscar activamente un nuevo empleo y firmar el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado 12 meses en los últimos 6 años.
  • No tener la edad ni los requisitos para la jubilación.

Cuantía de la Prestación Contributiva

  • Primeros 180 días: el 70% de la Base Reguladora (B.R.).
  • A partir del día 181: el 50% de la Base Reguladora (B.R.).

Cálculo de la Base Reguladora (B.R.)

La B.R. se calcula como la suma de la base de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días, dividida entre 180.

Retenciones

  • El trabajador cotizará por contingencias comunes (C.C.) durante ese periodo.
  • Se aplicará IRPF, en función de la cuantía de la prestación y la situación familiar.

Subsidio por Desempleo

Dirigido a personas en situación de desempleo que no cumplen la cotización mínima para la prestación contributiva.

Requisitos del Subsidio

Debe estar inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al menos 1 mes y sus rentas no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, debe cumplir alguna de estas situaciones:

  • Haber agotado la prestación por desempleo y tener cargas familiares.
  • Agotar la prestación de desempleo de al menos 12 meses y tener más de 45 años.
  • Ser mayor de 52 años, habiendo cotizado al menos 6 años a lo largo de su vida.
  • Ser liberado de prisión, con un periodo mínimo de 6 meses de reclusión.

Cuantía del Subsidio

El subsidio es de 426 € durante 6 meses, ampliable a 18 meses con excepciones.

Asistencia Sanitaria

Requisitos

  • Tener nacionalidad española.
  • Ser nacionales de algún Estado miembro de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y estar inscritos en el Registro Central de Extranjeros.

Prestaciones

  • Asistencia médica: primaria, secundaria y especializada.
  • Prestaciones complementarias (transporte sanitario, oxigenoterapia, etc.).
  • Prestaciones farmacéuticas: el consumidor paga entre el 60% y el 40% del medicamento, y los pensionistas pagan un 10%.

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