Régimen de Capital y Constitución de Sociedades Mercantiles: SL, SA y SLNE

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Tipos de Sociedades Mercantiles y sus Requisitos de Capital

La Sociedad Limitada de Nueva Empresa (SLNE)

Se trata de un tipo especial de sociedad limitada, diseñada para pequeñas empresas que buscan constituirse rápidamente de forma electrónica, facilitando así su tramitación y puesta en marcha.

Características de la SLNE

  • El capital social estará entre 3.000€ y 120.000€.
  • Debe desembolsarse totalmente y solo con aportaciones en dinero.
  • El número máximo de socios, en el momento de la constitución, será de 5.
  • El nombre estará formado por los apellidos y nombre de uno de los socios fundadores, seguido de un código, y de la indicación SLNE (Sociedad Limitada Nueva Empresa).
  • Puede aplazar el pago de impuestos, como el Impuesto de Sociedades, durante los 2 primeros años.
  • Para ser administrador es necesario ser socio; no puede ser una persona contratada.
  • Su constitución se puede hacer de forma telemática en un Documento Único Electrónico (DUE) en 48 horas, con una sola comparecencia ante notario.

Capital y Participaciones en la Sociedad Limitada (SL)

Requisitos de Capital

  • El capital mínimo para constituir una SL es de 3.000€.
  • Tiene que estar desembolsado totalmente en el momento de la constitución de la SL.
  • La aportación de capital puede ser en dinero o bienes. No se valora la aportación de trabajo o servicio.

Régimen de Participaciones

El capital de la SL se divide en las llamadas participaciones. Cada socio tendrá un número de participaciones proporcional al capital que ha aportado.

Una característica clave de las participaciones en la SL es la restricción a la libre transmisibilidad: un socio no puede venderlas a cualquiera sin un acuerdo previo. Con ello se evita la entrada de un nuevo socio inesperado.

Transmisión Libre de Participaciones

La transmisión de las participaciones es libre en los siguientes casos:

  • Entre los socios.
  • Entre los socios y sus cónyuges.
  • Entre los socios y familiares hasta segundo grado.

La Sociedad Anónima (SA)

La Sociedad Anónima está prevista para proyectos empresariales más grandes que requieran un alto volumen de capital, donde es aconsejable que la entrada y salida de socios sea libre, permitiendo la venta libre de sus acciones.

Características y Requisitos de la SA

  • Se requiere un capital mínimo de 60.000€.
  • Debe estar desembolsado al menos en un 25% en el momento de la constitución.
  • El capital se divide en acciones, que pueden venderse de forma libre (libre transmisibilidad).
  • La denominación social debe incluir la indicación “Sociedad Anónima” o “S.A.”.

Órganos de Gobierno

Los órganos de gobierno de la Sociedad Anónima son:

  • La Junta General de Accionistas.
  • El Consejo de Administración o Administrador Único.

Trámites y Obligaciones en el Registro Mercantil

Es obligatorio registrar los libros sociales y la documentación contable en el Registro Mercantil correspondiente.

Libros Sociales Obligatorios

  • Libro de Actas: Donde constan los acuerdos de las juntas de socios.
  • Libro de Registro de Socios: Obligatorio en la Sociedad Limitada (SL).
  • Libro de Acciones Nominativas: Obligatorio en la Sociedad Anónima (SA).

Documentación Contable Obligatoria

La documentación contable que debe registrarse incluye:

  • Libro Diario.
  • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

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