Regencias de Isabel II (1833-1843): Guerra Civil, Liberalismo y Desafíos Políticos

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: Isabel II (1833-1843): Las Regencias

Cuando Fernando VII muere en 1833, su viuda, María Cristina, se encargó de la regencia hasta que Isabel, nacida en 1833, alcanzase la mayoría de edad. Sin embargo, los partidarios de Carlos María Isidro, procedentes del sector absolutista más intransigente, no aceptaron la situación y se alzaron en armas, comenzando así la Guerra Civil Carlista, que no finalizaría hasta 1839 con el Convenio de Vergara, aunque a lo largo del siglo habrá nuevos levantamientos carlistas.

Este conflicto tendrá importantes consecuencias:

  • La inclinación de la monarquía hacia el liberalismo.
  • El protagonismo político de los militares.
  • Los enormes gastos de guerra situaron a la monarquía ante serios apuros fiscales y condicionaron la orientación de ciertas reformas, como la desamortización de Mendizábal.

Por otro lado, el reinado de Isabel II se caracterizó por la alternancia en el gobierno de progresistas y moderados, en un clima de inestabilidad política acentuado por los continuos pronunciamientos militares.

  • El Partido Moderado, con el general Narváez a la cabeza, se apoyaba en los grandes terratenientes, la alta burguesía y la clase media alta. Defendía la soberanía compartida entre el rey y las Cortes, dotar al monarca de amplios poderes y la limitación de los derechos individuales de los ciudadanos.
  • El Partido Progresista, encabezado por el general Espartero, militar de gran carisma popular por su papel en la primera Guerra Carlista, tenía su base social en la pequeña y mediana burguesía y, en general, en las clases medias, empleados y artesanos que aspiraban a llevar las reformas lo más lejos posible. Defendían la soberanía nacional, representada en las Cortes, que debía limitar el poder del rey.

La Minoría de Edad de Isabel II: Dos Regencias

Primera Regencia: María Cristina (1833-1840)

Los tres primeros años de regencia sirvieron para que los liberales moderados, algunos de ellos retornados del exilio, se fueran afianzando en la política. El principal instrumento fue el Estatuto Real de 1834, que no era una constitución sino una carta otorgada. Se centraba en la reforma de las Cortes, que pasaron a ser bicamerales, compuestas por Próceres designados por el rey y Procuradores elegibles, aunque para ser candidato era imprescindible disponer de cierto patrimonio.

La Guerra Civil y la desastrosa situación económica provocaron, ya en 1835, sublevaciones de las milicias urbanas, que exigían una ampliación de las libertades políticas y del sufragio electoral, así como la entrega del poder a políticos progresistas.

En 1836, una revuelta contra la regente, organizada por suboficiales del ejército (El motín del Palacio de la Granja), obligó a María Cristina a aceptar la puesta en vigor, de nuevo, de la Constitución de 1812. Aunque inmediatamente se redactó una nueva constitución: la Constitución de 1837.

Esta constitución presentaba semejanzas con la de Cádiz: soberanía nacional, reconocimiento de amplios derechos ciudadanos, la división de poderes (legislativo, judicial y ejecutivo), papel destacado de las Cortes y limitación del poder del monarca. Aunque, para atraerse el apoyo de los moderados, recogía algunos aspectos del Estatuto Real: el poder del monarca de convocar y disolver las Cortes y de vetar leyes. Cortes bicamerales con un Senado integrado por miembros de designación real y un Congreso de los Diputados elegidos por sufragio directo, pero la nueva ley electoral mantuvo el sufragio censitario, que no incluía ni al 5% de la población.

Finalizada la Guerra Carlista, un gobierno dirigido por el moderado Pérez de Castro intentó nuevamente limitar las reformas y la participación de las clases medias urbanas, promulgando una ley de Ayuntamientos que suprimía el derecho de los ciudadanos a elegir a sus alcaldes. Los progresistas suscitaron un movimiento insurreccional que obligó a la regente a recurrir al general Espartero. La suspensión de dicha ley y la decisión de suspender las Cortes provocaron la renuncia de María Cristina, siendo asumida la regencia por Espartero.

Segunda Regencia: General Espartero (1840-1843)

El general Espartero gobernó hasta 1843 de manera dictatorial, reprimiendo a los moderados y sin someterse al Parlamento.

Se ganó así el rechazo de todos: su política librecambista ponía en peligro la industria catalana. Al movimiento catalán contra Espartero se unió la oposición de los vascos que, por su apoyo al Carlismo, veían reordenados sus fueros. Algunos sectores liberales progresistas, que habían apoyado inicialmente a Espartero, se enfrentaron a sus formas autoritarias.

En 1843 se inició una revuelta militar encabezada por Narváez que hizo caer al gobierno. Espartero se exilió en Londres y no regresó a España hasta 1849.

Las Cortes, para evitar una nueva regencia, adelantaron la mayoría de edad de Isabel II, que, de esta forma, fue coronada reina a los trece años.

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