El Refrendo Real en la Monarquía Constitucional: Funciones y Límites del Jefe del Estado

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El Refrendo en la Monarquía Constitucional: Un Mecanismo de Control del Poder Real

La técnica del refrendo es un mecanismo fundamental para limitar el poder del Rey, obligándole a no actuar solo, sino en conformidad con el Gobierno. Esta técnica ha permitido la evolución de una monarquía constitucional a una parlamentaria.

Funciones y Justificación del Refrendo

En la actualidad, el Rey tiene unas funciones muy limitadas. El artículo 64.2 de la Constitución establece que de los actos del Rey serán responsables las personas que los refrendan. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.

El refrendo encuentra su justificación en varios pilares:

  • El Rey no dispone de legitimidad democrática.
  • No está sometido a controles políticos directos.
  • Sus decisiones no son reconducibles directamente al pueblo.

El Rey no puede adoptar decisiones políticas propias; solo puede perfeccionar o finalizar las decisiones de otros poderes del Estado. La responsabilidad de los sujetos refrendantes es jurídica. El sujeto que refrenda garantiza que el acto del Rey cumple los requisitos formales y no vulnera el ordenamiento jurídico.

Titulares del Poder de Refrendo

El artículo 64.1 de la Constitución Española especifica quiénes son los titulares del poder de refrendo. Este precepto dice que los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes.

El refrendo es una condición de validez de los actos del Rey. Los actos del Rey siempre serán refrendados, careciendo de validez sin dicho refrendo.

Objeto del Refrendo

El objeto del refrendo son los actos del Rey como titular de la Jefatura del Estado. Son objeto de refrendo los actos del Rey por los que formaliza o finaliza los procedimientos constitucionales.

Algunos ejemplos de actos sujetos a refrendo son:

  • La sanción y promulgación de las leyes por parte del Rey.
  • Los actos del Rey relativos a la sucesión de la Corona.
  • Algunos actos a iniciativa del Rey, como son los mensajes a la Nación.

Actos Exceptuados de Refrendo

Existen ciertos actos del Rey que están exceptuados de refrendo:

  • Los actos personalísimos del Rey que tienen relevancia constitucional, pero en los que no ejerce como Jefe del Estado.
  • Los actos que forman parte de la vida privada del Rey que no tienen relevancia constitucional.
  • La forma en la que el Rey distribuye la cantidad que recibe de los Presupuestos del Estado para el sostenimiento de su familia y su Casa Real.
  • El nombramiento que hace el Rey de los miembros civiles y militares de su Casa Real.
  • Actos del Rey de administración de su patrimonio y pecunia propios.

Es importante destacar que los actos exentos de refrendo también están sometidos al ordenamiento jurídico.

Tipos de Refrendo

Se distinguen principalmente tres tipos de refrendo:

  • Refrendo expreso o contrafirma: Es la forma típica y consiste en la contrafirma de los actos del Rey como Jefe del Estado.
  • Refrendo tácito: Consiste en la presencia de los ministros y Presidente del Gobierno, junto con el Rey, en sus actos oficiales y viajes.
  • Refrendo presunto: Significa que existe una presunción general de que el Gobierno cubre con su responsabilidad la actuación del Jefe del Estado y, en caso contrario, si el Gobierno no refrendara al Rey, el Gobierno dimitiría.

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