Recursos humanos en la Administración Pública: Estatuto, tipos de personal y acceso al empleo público

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1. LOS RECURSOS HUMANOS EN LA ADMINISTRACIÓN

Define como empleado público (funcionario) a quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones públicas al servicio de los intereses generales.

Aspectos principales del Estatuto Básico de Empleado Público

  • Introduce la negociación colectiva en la función pública.
  • Define la figura del personal directivo.
  • Fomenta el empleo.
  • Estipula unas retribuciones básicas iguales para todos.
  • Moderniza las normas de acceso y procesos de selección.

1.1 Las clases de personal al servicio de la Administración:

A. FUNCIONARIOS PÚBLICOS:

  • Funcionarios de carrera: en virtud de nombramiento legal, están vinculados a la Administración por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
  • Funcionarios interinos: por razones justificadas de necesidad y urgencia son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera.

B. EL PERSONAL LABORAL: en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito en cualquiera de las modalidades previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos para las Administraciones públicas. Podrá ser indefinido o temporal.

C. EL PERSONAL EVENTUAL: en virtud del nombramiento y con carácter no permanente realiza funciones expresamente calificadas, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados.

D. PERSONAL DIRECTIVO: desarrolla funciones directivas profesionales en la Administración Pública.

1.2 Cuerpos y escalas

Los funcionarios se agrupan en cuerpos y escalas, especialidades u otros sistemas que incorporan competencias, capacidades y conocimientos comunes acreditadas a través de un proceso selectivo.

Grupo
Subgrupos y cuerpos
Titulaciones
Grupo A
A1. Subgrupo superior
Título universitario de grado
Grupo B
A2. Subgrupo técnico
Técnico superior
Grupo C
C1. Subgrupo administrativo
Bachiller o técnico
Grupo D
C2. Subgrupo auxiliar
E.S.O.
Grupo E
Grupo de ayudantes
Ninguna. Postestativo

2. EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA

Cuando la Administración pública precisa recursos humanos que no pueden ser cubiertos con el personal existente, procede a seleccionar su personal, ya sea funcionario o laboral, de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través de sistemas en los que se garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad.

4. PROMOCIÓN INTERNA

Consiste en la posibilidad de ascenso desde cuerpos y escalas de un grupo de titulación a otros del inmediato superior. Los funcionarios deberán poseer la titulación exigida y una antigüedad de al menos dos años.

  • Promoción vertical: consiste en el ascenso desde un cuerpo o escala de un subgrupo o grupo profesional a otro superior.
  • Promoción horizontal: consiste en el acceso a cuerpos o escalas del mismo subgrupo profesional.

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