Recurso Judicial Nulidad Destitución Funcionario Público

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,5 KB

Presentación y Representación

Yo, VA, Venezolana, Mayor de Edad, de este domicilio, y Titular de la Cédula de Identidad Nº 21.449.031, Abogado en Ejercicio debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 302.746, procediendo en este acto con el carácter de APODERADO JUDICIAL del ciudadano: MARCOS RIVAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº 7.638.135, según documento autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Carirubana, Punto Fijo, en fecha 17 de julio de 2013, bajo el Nº 32, tomo 15, de los libros de autenticaciones llevados ante dicha notaría. Documento que anexo en copia simple a la presente marcado con la letra ´A´. Funcionario de Carrera, domiciliado en Punto Fijo, Estado Falcón; carácter y representación suficientemente acreditados en actas, con el debido respeto, ante Usted, acudo para exponer:

Objeto de la Querella

Cursa ante esta digna sede jurisdiccional: QUERELLA FUNCIONARIAL, ASUNTO: NULIDAD DE ACTO DE DESTITUCIÓN, incoada por mi mandante contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARIRUBANA, ubicada en la Avenida Táchira de la ciudad de Punto Fijo; procedimiento cuyas actas se encuentran contenidas en el Expediente signado con el Nº 36.596 de la nomenclatura del Tribunal.

Exposición de Hechos y Fundamentos

Ahora bien, Ciudadana Juez, dentro del decurso de la causa cuya revisión nos ocupa, es necesario mencionar que la parte recurrente, a pesar de haber incurrido en un despido injustificado la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARIRUBANA, ya que fue despedido sin la apertura del expediente de destitución, solo recibió una notificación de fecha 2 de julio de 2013 donde se le participa que ha sido destituido por incumplimiento de sus deberes inherentes al cargo. Sin embargo, se ha negado a reengancharlo en su puesto de trabajo, y menos aún ha procedido a cancelarle los salarios caídos, ni sus prestaciones sociales, apoyándose en una calificación de falta írrita y nula, colocándolo en una situación irregular ya que no ha percibido las remuneraciones de ley.

Asimismo, la Alcaldía del Municipio Carirubana del Estado Falcón no tomó en consideración las causales que dispone la Ley del Estatuto de la Función Pública y las formalidades de la misma normativa para incurrir en tal falta calificada por estos. Es necesario destacar que existió una flagrante violación de su derecho a la defensa y al debido proceso, y del principio de comunidad de las pruebas, razón por la cual solicita se declare la nulidad absoluta del Acto Administrativo objeto del presente recurso. En la presente querella se solicita se practique la citación y la notificación pertinente al SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL de la Alcaldía del Municipio Carirubana, ubicada en la Avenida Táchira, para dar inicio al proceso.

Petitorio Principal

SOBRE LA BASE DE LO EXPUESTO, ES POR LO QUE RESPETUOSAMENTE SOLICITAMOS DEL TRIBUNAL ORDENE LA NULIDAD DE LO ACTUADO CON POSTERIORIDAD A LA EXIGENCIA DE DICHOS PRONUNCIAMIENTOS, Y LA CONSECUENCIAL REPOSICIÓN Y REENGANCHE DEL CARGO, PAGO DE SUELDOS CAÍDOS, E INDEMNIZACIÓN, AL ESTADO DE DICTAR DICHOS PRONUNCIAMIENTOS; Y ASÍ SOLICITAMOS SEA ORDENADO.

Petitorio Específico

  • Se solicita se declare la nulidad del acto administrativo de destitución Nro. 132-27, de fecha 02 de julio de 2013, dictada por la Alcaldía del Municipio Carirubana del Estado Falcón por violación del artículo 89 de la LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
  • Reengancharlo a su puesto de trabajo en las mismas condiciones previas al acto administrativo írrito y nulo según la ley.
  • Pago de los salarios caídos hasta la fecha.

Es Justicia.- En Punto Fijo, en la fecha de su presentación.

Entradas relacionadas: