Recurso de Casación y Recurso de Hecho Laboral: Procedimiento y Plazos Clave
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Fundamentos y Procedimiento del Recurso de Casación Laboral
Condiciones Generales para la Infracción en Casación
Cuando se aplique una norma que no esté vigente, o se le niegue aplicación y vigencia a una que sí lo esté; o cuando se haya violado una máxima de experiencia. En estos casos, la infracción tiene que haber sido determinante de lo dispositivo en la sentencia.
Causales Específicas de Infracción
- Por falta, contradicción, error, falsedad o manifiesta ilogicidad de la motivación.
Artículo 173: Anuncio y Admisión del Recurso de Casación Laboral
El recurso de casación se anunciará por escrito por ante el Tribunal Superior del Trabajo que dictó la sentencia contra la cual se recurre, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir del vencimiento del término establecido para la publicación de la sentencia. El Tribunal Superior del Trabajo lo admitirá o lo rechazará el día siguiente al vencimiento del lapso para el anuncio. En caso de negativa, deberá motivar el rechazo; y en caso de admisión, hará constar en el auto el día que correspondió al último de los cinco (5) días hábiles previstos para el anuncio, remitiendo el expediente de forma inmediata.
Artículo 174: El Recurso de Hecho y sus Implicaciones Procesales
Procedimiento ante la Negativa de Admisión del Recurso de Casación
En caso de negativa de la admisión del recurso de casación, el Tribunal Superior del Trabajo que lo rechazó mantendrá el expediente durante cinco (5) días hábiles, a fin de que el interesado pueda interponer recurso de hecho por ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Dicho recurso se propondrá por escrito en el mismo expediente, por ante el mismo Tribunal Superior del Trabajo que negó su admisión, quien lo remitirá, vencidos los cinco (5) días, a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia para que esta lo decida sin audiencia previa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de las actuaciones.
Efectos de la Decisión sobre el Recurso de Hecho
Si el recurso de hecho fuere declarado con lugar, comenzará a correr desde el día siguiente a dicha declaratoria el lapso de formalización del recurso de casación; en caso contrario, el expediente se remitirá directamente al juez que deba conocer de la ejecución, notificando de la remisión al tribunal de donde provino el expediente.
Sanciones por Interposición Maliciosa del Recurso de Hecho
En caso de interposición maliciosa del recurso de hecho, la Sala de Casación Social podrá imponer una multa de hasta ciento veinticinco unidades tributarias (125 U.T.). En este último caso, el auto deberá ser motivado. Si el recurrente no pagare la multa dentro del lapso de tres (3) días hábiles, sufrirá un arresto en jefatura civil de quince (15) días.
Artículo 175: Formalización del Recurso de Casación y Plazos
Plazo y Requisitos del Escrito de Formalización
Admitido el recurso de casación o declarado con lugar el de hecho, comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días hábiles establecidos para efectuar el anuncio (en el primer caso), y el día hábil siguiente al de la declaratoria con lugar del recurso de hecho (en el segundo caso), un lapso de veinte (20) días consecutivos. Dentro de este lapso, la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado directamente por ante el Tribunal Supremo de Justicia. Dicho escrito de formalización deberá contener los argumentos que, a su juicio, justifiquen la nulidad del fallo recurrido, y no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, sin más formalidades.
Consecuencias de la Falta de Formalización o Incumplimiento de Requisitos
Será declarado perecido el recurso cuando la formalización no se presente en el lapso al que se refiere este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos.
Inhibición y Recusación de Magistrados
La recusación o inhibición que se proponga contra los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia no suspenderá el lapso de la formalización.