Recurso de Apelación: Procedimiento, Efectos y Tramitación Judicial
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Efectos de la Interposición del Recurso de Apelación
La interposición de un recurso judicial genera diversos efectos importantes en el proceso:
- Obstáculo a la firmeza o ejecutoriedad: Este es un efecto esencial y constante de las resoluciones judiciales.
- Expectativa de reforma: Se abre la posibilidad de que la resolución recurrida sea modificada.
- Eventual suspensión de los efectos de la resolución recurrida.
Tramitación del Recurso de Apelación
1. Ante el Tribunal de Primera Instancia (a quo) – Tres Trámites
Concesión del recurso
Antes de que el recurso sea concedido, es necesario que el tribunal de primera instancia realice un examen de admisibilidad, que comprende:
- El recurso se interpuso ante una resolución que la ley hace procedente.
- Se interpuso dentro del plazo legal.
- El escrito que contiene el recurso presenta fundamentos de hecho y de derecho.
- El recurso contiene las peticiones concretas.
Notificación de la resolución que concede o rechaza el recurso
Se notifica mediante estado diario.
Remisión del proceso al tribunal de segunda instancia
Se remite electrónicamente copia fiel de la resolución apelada, del recurso y de todos los antecedentes pertinentes.
2. Ante el Tribunal de Segunda Instancia (ad quem)
Certificado del secretario de la Corte de Apelaciones
Certificado del ingreso de los antecedentes ante el tribunal de segunda instancia: La Corte de Apelaciones (CA) procederá a asignarle un número de ingreso al recurso y formará un cuaderno electrónico para su conocimiento y fallo.
Examen de admisibilidad
- El recurso se interpuso ante una resolución que la ley hace procedente.
- Se interpuso dentro del plazo legal.
- El escrito que contiene el recurso presenta fundamentos de hecho y de derecho.
- El recurso contiene las peticiones concretas.
El tribunal de alzada puede considerarlo inadmisible o extemporáneo. Para ello, deberá resolver sobre lo planteado y, si tiene dudas, solicitará los antecedentes pertinentes. Contra esta resolución, puede interponerse un recurso de reposición dentro del tercer día.
Si el recurso es admisible, se debe distinguir:
Si se dedujo contra una sentencia definitiva: Se dictan autos en relación, un decreto para dar lugar a la vista de la causa.
Si se dedujo contra otra resolución: Se debe dictar la primera resolución transcurrido el plazo de 5 días contados desde la certificación de ingreso de los antecedentes del recurso. Si se solicita alegato, la corte ordenará traer los autos en relación.
Materias con Tratamiento Distinto en la Apelación
Notificación en Segunda Instancia
Regla general
La notificación se realiza por estado diario, salvo que sea la primera notificación en segunda instancia, la cual debe ser personal.
Excepciones
- El tribunal de segunda instancia puede ordenar la notificación de una resolución de forma distinta y más conveniente.
- Si se dicta una resolución que exige la comparecencia personal de las partes en segunda instancia, esta debe notificarse por cédula.
Incidentes en Segunda Instancia
Las cuestiones accesorias que surjan durante el curso de la apelación se fallarán de plano por el tribunal o se tramitarán como incidente.
Si el tribunal ordena que se tramite como incidente, el tribunal de segunda instancia puede:
- Resolver en cuenta: El tribunal conoce el incidente con la información proporcionada por el relator.
- Resolver en relación: Implica seguir los trámites que componen la vista de la causa.