Recurso de Amparo Económico en Chile: Fundamentos, Procedimiento y Protección del Art. 19 N° 21 CPR

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El Recurso de Amparo Económico (Ley 18.971)

El Recurso de Amparo en materia económica se fundamenta en la misma garantía que ampara el Recurso de Protección (RP): el Artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República (CPR). Sin embargo, ambas acciones tienen objetivos distintos (Protección y Amparo).

Fundamento Constitucional: Artículo 19 N° 21 CPR

El Artículo 19 N° 21 de la CPR cautela:

  • Inciso Primero: El derecho de los particulares a desarrollar cualquier actividad económica.
  • Inciso Segundo: Se refiere a la actividad económica ejercida por el Estado, limitando la posibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales estatales, la cual debe estar dada por una Ley de Quórum Calificado (LQC).

Ambos recursos cautelan la misma garantía (Art. 19 N° 21 CPR). No obstante, esta acción especial, el Recurso de Amparo Económico, persigue una finalidad distinta del Recurso de Protección.

Regulación Legal y Objeto del Recurso

El Amparo Económico se trata, en definitiva, de una acción meramente declarativa. Se encuentra regulado en una ley con artículo único: la Ley 18.971.

La Ley 18.971, en su artículo único, establece: “Cualquier persona podrá denunciar las infracciones al Art. 19 N° 21 CPR…”

Objeto de la Acción

El Recurso de Amparo Económico es una acción meramente declarativa. Esto implica que no persigue alguna condena ni que se tome alguna medida correctiva, ni de alguna otra naturaleza. Tendrá por objeto que el tribunal declare que se ha infringido el Art. 19 N° 21 CPR.

Legitimación Activa y Naturaleza de la Acción

¿Quiénes detentan la legitimación activa en el Recurso de Amparo Económico?

La legitimación activa es amplia, porque la Ley 18.971 menciona que cualquier persona podrá denunciar las infracciones al Artículo 19 N° 21 CPR.

Se trata de una acción de naturaleza popular. Esta circunstancia se verifica también en el Artículo único de la ley, que señala: “el actor no necesitará tener interés actual en los hechos denunciados.”

Características Esenciales y Procedimiento

Características del Recurso de Amparo Económico

  • Acción Popular: El actor no necesita un interés actual en los hechos denunciados.
  • Bien Jurídico Protegido: No es otro que el Orden Público Económico.
  • Plazo de Interposición: Es de 6 meses, contados desde que se hubiere producido la infracción.

Definición de Orden Público Económico

El Orden Público Económico es un conjunto de principios y normas jurídicas que organizan la economía del país y facultan a la autoridad para regularla en conformidad a los valores de la sociedad nacional y a la Constitución (Según la Jurisprudencia y la Doctrina).

Tribunal Competente y Procedimiento

En cuanto al tribunal competente, es la Corte de Apelaciones, que conoce en sala. En segunda instancia, conoce la Corte Suprema.

El procedimiento se rige por el Artículo único de la Ley 18.971, que remite al establecido para el Recurso de Amparo.

  • Normas Procesales: Se aplican todas las disposiciones del Recurso de Amparo, salvo en un aspecto que dice relación con el plazo para apelar de la sentencia.
  • Plazo para Apelar: Es de 5 días.

Principio Formativo del Procedimiento

Rige el principio inquisitivo, porque, tal como emana del artículo único, el tribunal debe investigar la infracción y dar curso progresivo a los autos hasta el fallo.

Responsabilidad del Actor

Si la sentencia rechaza el Recurso y establece fundadamente y motivadamente que la denuncia carece de toda base, el actor será responsable de los perjuicios que hubiere causado.

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