Protocolos Esenciales de Registros y Protección Radiológica en Entornos Médicos

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Tipos de Registro según la Información

Existen distintos tipos de registro en función de la información de que consten:

  • Registro de vigilancia de los trabajadores expuestos: medida o estimación de dosis y vigilancia médica.
  • Registro de vigilancia de las áreas.
  • Registro de vigilancia de fuentes y equipos productores de radiaciones ionizantes.

Registros y Programas Obligatorios en Instalaciones de Braquiterapia

Una instalación de braquiterapia está obligada a presentar los siguientes registros y programas:

  • Programa de Control de Calidad de todos los procedimientos.
  • Diario de Operaciones.
  • Informe anual al CSN (Consejo de Seguridad Nuclear).

Dosimetría de Trabajadores de Categoría A

Con respecto a la dosimetría de trabajadores de Categoría A, es correcto considerar:

  • La dosis efectiva acumulada en cada año oficial y en cada período de 5 años oficiales consecutivos.

Registros para la Vigilancia de Áreas y Ambiente de Trabajo

Es necesario incluir los siguientes registros relativos a la vigilancia de las áreas (ambiente de trabajo):

  • Identificación de Zona: Instalación a la que pertenece, ubicación en el edificio, clasificación radiológica.
  • Contaminación de Superficies: Fecha de la estimación, naturaleza de las sustancias contaminantes, equipo y método de medida.
  • Datos de la estimación de la tasa de dosis debida a fuentes externas.
  • Concentración de la actividad en aire.

Archivo del Historial Dosimétrico

El Historial Dosimétrico será archivado por el titular de la práctica hasta que:

  • El trabajador hubiera alcanzado la edad de 75 años y nunca por un período inferior a 30 años desde su cese en la actividad.
  • Una copia certificada del historial dosimétrico será facilitada al nuevo titular si el trabajador cambia de empleo.

Criterios de Calidad según Reales Decretos

Los Reales Decretos establecen los Criterios de Calidad en:

  • RD 1841/1997: Medicina Nuclear.
  • RD 1566/1998: Radioterapia.
  • RD 1976/1999: Radiodiagnóstico.

Registro de Residuos Radiactivos Almacenados

Para residuos radiactivos almacenados en recipientes especiales, se registra:

  • Valores máximos de exposición en contacto y a 1 metro de distancia del residuo.
  • Identificación y fecha de cierre del recipiente.
  • Datos fisicoquímicos más relevantes del contenido.
  • Fecha de la medida y estimación, si es posible, de la actividad.

Criterios del Real Decreto 1132/1990

El Real Decreto 1132/1990 establece criterios sobre:

  • La Protección Radiológica de las personas sometidas a exámenes y tratamientos médicos.

Responsabilidades del Operador

Con respecto al Operador, se establece que:

  • Está capacitado para manipular los dispositivos de control de los equipos y/o el material radiactivo de la instalación.

Línea de Responsabilidades en Protección Radiológica

La línea de responsabilidades incluye:

  • La Dirección Gerencia.
  • La Comisión de Garantía y Control de Calidad en Radioterapia.
  • La Dirección Médica.
  • Jefes de los Servicios o Unidades Médicas.
  • Médico especialista en Oncología Radioterápica.
  • Especialista en Radiofísica Hospitalaria.

Personal de las Instalaciones Radiactivas

El personal de las instalaciones radiactivas incluye:

  • Supervisor.
  • Operador.
  • Personas sin acreditación ni licencia.
  • Responsable de mantenimiento de equipos e instalaciones.
  • Trabajadores externos.

Gestión de Residuos según Nivel de Actividad

Evacuación por Vía Convencional (Bajo Nivel de Actividad)

Si el nivel de actividad A contenido en el material residual es muy bajo, de forma que no supera un determinado valor N, el residuo se evacuará por vía convencional.

Consideración como Residuo Radiactivo (Alto Nivel de Actividad)

Si el nivel de actividad A contenido supera el valor N, se considerará como residuo radiactivo y deberá ser gestionado por una empresa autorizada.

Evacuación Tras Decaimiento

Si el nivel de la actividad A supera el valor N, tras un período de decaimiento adecuado se reducirá lo suficiente para poder ser evacuado por vía convencional.

Categorías Especiales de Exposición ("Prácticas Especiales")

Además, se deberá prestar especial atención a tres categorías de exposición que la legislación europea denomina "prácticas especiales":

  • La exposición del niño, debido a su mayor sensibilidad a la radiación.
  • Los programas de "cribado sanitario", porque afectan a un elevado número de personas asintomáticas en su mayoría.
  • Los procedimientos que implican altas dosis de radiación, sobre todo si pueden producirse efectos deterministas.
  • Tomar medidas para asegurar la protección radiológica del feto y lactante.

Protección Radiológica para Trabajadoras Embarazadas

Las trabajadoras expuestas que estén embarazadas pueden desarrollar sus tareas en un ambiente con radiaciones siempre que exista la seguridad razonable de que la dosis fetal se mantenga por debajo de 1 mGy durante todo el embarazo.

Interrupción del Embarazo y Riesgo Radiológico

La interrupción del embarazo en función del riesgo radiológico para dosis menores que 100 mGy no está justificada.

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