Protección Jurídica de la Propiedad Industrial: Patentes, Marcas y Nombres Comerciales

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Propiedad Industrial: Concepto y Clases

La Propiedad Industrial es el conjunto de derechos que adquiere por sí mismo el inventor o descubridor con la creación de cualquier invento relacionado con la industria, y el productor o fabricante con la creación de signos especiales.

Se divide en dos clases principales:

  • Creaciones intelectuales con proyección industrial: Incluyen las patentes de invención y los diseños industriales.
  • Signos distintivos del empresario o de la empresa: Como las marcas y los nombres comerciales.

Los derechos de propiedad industrial son de uso y explotación exclusiva, y solo son adquiridos al inscribirse en el registro especial (Ley de 2 de mayo de 1975, OEPM).

La Patente de Invención

La Patente de Invención requiere una invención que sea susceptible de aplicación industrial.

Invenciones no Patentables

No pueden patentarse:

  • Descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos.
  • Obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética.
  • Tampoco las invenciones contrarias al orden público o a las buenas costumbres.

Sin embargo, sí son patentables los procedimientos microbiológicos (caso Abitibi) (Art. 9 LP).

Adquisición de la Patente

La adquisición puede ser común si han participado conjuntamente (Art. 10.2 LP). Siempre predomina la antigüedad.

Cuando un tercero quiere apoderarse de la invención, el inventor puede:

  • Continuar el procedimiento relativo a la solicitud.
  • Presentar una nueva solicitud.
  • Pedir el rechazo de la solicitud.

Solo se puede contener una invención por patente.

Transmisión de la Patente

Las patentes pueden ser transmitidas, constituidas en usufructo o dadas en garantía.

Licencias de Explotación

Existen dos tipos principales de licencias de explotación:

  • Licencias Contractuales: Concedidas por el titular de la patente, son contratos onerosos a cambio de la explotación total o parcial de la patente.
  • Licencias Obligatorias: Pueden ser concedidas por falta de explotación de la invención o por necesidad de explotación. Estas licencias llevan aparejada una compensación económica adecuada para el titular de la patente.

Pérdida del Derecho de Patente

La duración máxima de una patente es de 20 años, pero puede caducarse antes o anularse. La declaración de caducidad o nulidad se realiza en los tribunales civiles.

La caducidad se puede producir por:

  • Expiración del plazo de concesión.
  • Renuncia del titular.
  • Falta de pago de las anualidades.

La caducidad se publica en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) (Art. 116 LP).

Adición a la Patente

La Adición a la Patente cubre una nueva invención que perfecciona la principal. Una adición puede convertirse en independiente cuando el titular renuncia a la patente inicial (Art. 110 LP).

La Marca

La Marca es un signo susceptible de representación gráfica para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otra.

Clases de Marcas

  • Marca Individual: Corresponde a un empresario individual.
  • Marca Colectiva: Corresponde a una asociación de productores.

Tipos Especiales de Marcas

  • Marca de Garantía: Certifica que los productos cumplen unos requisitos específicos.
  • Marca Internacional y Marca Comunitaria: Registradas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
  • Marca Notoria: Conocida por el sector del público al que se destinan sus productos o servicios. Faculta al titular a ejercitar la correspondiente acción de nulidad y presentar oposición al registro en vía administrativa.
  • Marca Renombrada: Reconocida por el público en general.

Las expresiones genéricas no se pueden considerar marcas, ni las compuestas únicamente por signos descriptivos.

Adquisición del Derecho de Marca

La inscripción en la OEPM es constitutiva del derecho. El procedimiento de inscripción se regula en los Artículos 16 a 30 de la Ley de Marcas.

El derecho de exclusiva permite usar la marca en exclusiva e impedir que terceros no autorizados la usen. La marca dura 10 años y podrá renovarse indefinidamente.

Las obligaciones del titular incluyen:

  • Pagar la tasa de renovación.
  • Usar la marca en el mercado.

Transmisión de la Marca

Se puede ceder el uso de la marca mediante licencia.

Extinción de la Marca

La marca puede extinguirse por:

  • Causas de Nulidad: Se distinguen la nulidad absoluta (Artículos 1, 2, 3 de la Ley de Marcas) y la nulidad relativa (Artículos 6 a 10 de la Ley de Marcas). Los tribunales de justicia declaran la nulidad.
  • Causas de Caducidad: (Artículo 55 de la Ley de Marcas).

El Nombre Comercial

El Nombre Comercial es todo signo susceptible de representación gráfica que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás empresas que desarrollan las mismas actividades.

Puede corresponder a:

  • Nombres comerciales de empresario individual.
  • Sociedades personalistas.
  • Sociedades capitalistas.

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