Protección jurídica y contratos en bases de datos: obligaciones entre creador, distribuidor y usuario

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Relaciones entre creador y distribuidor

Su relación contractual está basada en el interés mutuo de mantenimiento, distribución y consulta de la base de datos.

El creador de la base de datos la pone a disposición del distribuidor; la mantendrá y actualizará. El distribuidor la comercializará y posibilitará a los usuarios el acceso mediante un precio.

Obligaciones de las partes

El creador

  • Fijación del contenido: responsabilidad sobre la selección, ordenación y formato de la información.
  • Mantenimiento y actualización: garantizar la vigencia y la corrección de la base de datos.
  • Obligaciones inherentes a la concesión de distribución: cuando la distribución se realice bajo la fórmula de exclusividad, atender las condiciones pactadas.

El distribuidor

  • Distribución: comercializar la base de datos en las mejores condiciones y optimizarla de cara al mercado de la información.
  • Pago: pagar el precio pactado según lo acordado en el contrato.

Relaciones entre el distribuidor y usuario

La relación contractual entre distribuidor y usuario se configura, con frecuencia, como un contrato de adhesión, consecuencia de la contratación en masa. Para determinar las obligaciones de cada parte es necesario distinguir entre los dos tipos principales de bases de datos.

En las bases de datos online

El contrato que se establece entre distribuidor y usuario es, por lo general, un contrato de suministro.

Obligaciones del distribuidor

  • Facilitar al usuario una entrada lógica al sistema.
  • Proporcionar la información mínima necesaria para la utilización.
  • Garantizar la confidencialidad de los datos conforme a lo pactado y a la normativa aplicable.

Obligaciones del usuario

  • Pagar el precio estipulado.
  • Utilizar la información para el fin para el que ha sido solicitada.
  • Utilización personal del código de paso.

En las bases de datos autónomas

La figura jurídica contractual típica es la cesión de un derecho de uso.

Obligaciones del distribuidor

  • Entrega de la base de datos y de los programas necesarios para su utilización.
  • Puesta a disposición de las actualizaciones.
  • Cesión de uso con carácter no exclusivo, salvo pacto en contrario.

Obligaciones del usuario

  • Pagar el precio establecido.
  • Devolver, al término del contrato, el soporte, los programas y demás material proporcionado.

Obligaciones comunes

  • Asistencia técnica por parte del distribuidor en todos los contratos.
  • Garantía de funcionamiento y control del sistema.
  • Limitaciones basadas en derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros.

Protección jurídica de las bases de datos

La tendencia actual es proteger jurídicamente las bases de datos bajo la figura de los derechos de autor, independientemente de las relaciones contractuales entre las partes. La Directiva 96/9/CE, de 11 de marzo de 1996, estableció la armonización del régimen en todos los Estados miembros.

Se considera obra protegible por la creatividad intelectual. El enorme esfuerzo intelectual, de trabajo y económico debe tener una garantía de protección. La normativa general sobre obligaciones y contratos puede resultar insuficiente si no se atiende a las peculiaridades propias de este producto.

Protección mediante los derechos de autor

El autor de la base de datos puede haber realizado las siguientes actuaciones, que justifican la protección:

  1. Selecciona documentos.
  2. Busca caminos lógicos.
  3. Ordena y clasifica según criterios intelectuales propios.
  4. Almacena documentos.
  5. Idea un formato específico.

Esta protección de la base de datos es independiente de la protección de las obras que componen la base.

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