Protección por Desempleo en España: Prestaciones, Subsidios y Requisitos
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Concepto de Desempleo
Se entiende por desempleo la situación en que se halla quien, encontrándose apto para trabajar, ha de permanecer ocioso y sin prestar sus servicios por causa independiente de su voluntad.
Para que se dé esta situación, han de concurrir dos circunstancias:
- Una subjetiva: la aptitud para el trabajo.
- Otra objetiva: la imposibilidad de encontrar empleo.
Tipos de Desempleo
- Desempleo Total: Se produce cuando el trabajador cese, con carácter temporal o definitivo, en la actividad que venía desarrollando y es privado, consecuentemente, de su salario.
- Desempleo Parcial: Ocurre cuando el trabajador ve reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo, al menos entre un 10% y un 70%. En este caso, el trabajador acude a su puesto todos los días laborables, pero realizando una jornada reducida, a menudo por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) debido a causas económicas, tecnológicas, organizativas o productivas, o por fuerza mayor. También cabe la posibilidad de que la reducción afecte al número de días trabajados.
Niveles de Protección por Desempleo
La protección por desempleo se estructura en dos niveles principales:
- El nivel contributivo: Tiene como objeto proporcionar prestaciones sustitutivas de las rentas salariales dejadas de percibir como consecuencia de la pérdida de un empleo anterior o de la reducción de la jornada. En estos casos, hablamos de PRESTACIÓN por desempleo.
- El nivel asistencial: Complementario del anterior, garantiza la protección a los trabajadores desempleados que se encuentren en alguno de los supuestos incluidos en el artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). En estos casos, hablamos de SUBSIDIO por desempleo.
Supuestos para Acceder al Subsidio por Desempleo (Nivel Asistencial)
Se puede acceder al subsidio por desempleo en los siguientes casos, entre otros:
- Agotamiento de la prestación contributiva por desempleo y cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Tener responsabilidades familiares.
- Tener 45 años, aun sin responsabilidades familiares.
- No haber cotizado el período mínimo de 360 días para acceder a la prestación contributiva.
- Ser emigrante retornado.
- Ser liberado de prisión.
- Revisión de una incapacidad permanente total o absoluta.
- Ser mayor de 55 años.
Cuantía de la Prestación por Desempleo
La cuantía de la prestación se calcula en función de la Base Reguladora (BR) del trabajador:
- Durante los 180 primeros días: el 70% de la Base Reguladora.
- A partir del día 181 (y hasta el final del período de duración): el 50% de la Base Reguladora.
Suspensión de la Prestación por Desempleo
La prestación o el abono de la prestación por desempleo puede suspenderse en las siguientes situaciones:
- Traslado al extranjero para buscar empleo.
- Cumplimiento de condena que implique privación de libertad.
- Sanción por infracción leve o grave.
- Paso de la situación de trabajador a la de paternidad o maternidad.
- Mientras el titular realice un trabajo por cuenta ajena por menos de 12 meses o un trabajo por cuenta propia por menos de 60 meses.
Reanudación de la Prestación por Desempleo
El derecho a recibir la prestación por desempleo puede reanudarse:
- Por el período que le quede, con las mismas condiciones. En caso de sanción por suspensión, se descontará el tiempo de la duración de la sanción.
Extinción de la Prestación por Desempleo
La prestación por desempleo se extingue por las siguientes causas:
- Agotamiento del período de duración establecido.
- Traslado de residencia al extranjero, salvo en los casos de suspensión permitidos.
- Fallecimiento del beneficiario.
- Renuncia voluntaria a la prestación.
- Trabajadores fijos discontinuos que no se presenten al ser llamados al reinicio de la actividad.
- Acceso a la pensión por incapacidad permanente o jubilación.
- Realización de un trabajo por cuenta ajena igual o superior a 12 meses, o por cuenta propia igual o superior a 60 meses.
- Cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación, salvo que no se tenga derecho a la pensión de jubilación.
- Imposición de sanción que implique la extinción.