Propósito y Principios Fundamentales de la Seguridad Social

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La Seguridad Social tiene al hombre, en todo lo que significa su humanidad, pero al hombre débil frente a las contingencias sociales como enfermedad, accidente, desempleo, entre otros; es decir, dentro de ella a sus miembros en estado de infortunio.

Propósito de la Seguridad Social y Contingencias Cubiertas

La Seguridad Social tiene por objeto contrarrestar la injusticia de la naturaleza y la que rige las actividades económicas por medio de una justicia racional y organizada, entiéndase del mismo estado y la sociedad.

Cubre contingencias como:

  • Enfermedad
  • Desempleo
  • Maternidad
  • Vejez
  • Muerte
  • Otros

Principios de la Seguridad Social

  1. Universalidad: Valora y tutela a la persona con prescindencia de su calidad de nacional o extranjera, comprende a todas las personas, sin distinción de sexo, nacionalidad, raza, profesión, clase social o económica, del comienzo de la vida hasta el final de la misma, es decir desde que el hombre es concebido hasta su muerte e inclusive implicancias que esta puede causar a sus deudos.

  2. Integralidad: Debe cubrir la integridad del problema social en forma oportuna y completa para actuar contra cualquiera de los tipos de necesidades e infortunios -calificado como sociales- que conlleva la contingencia.

  3. Solidaridad: La Seguridad Social en este aspecto debe utilizar los instrumentos o técnicas de garantías que distribuyan las cargas económicas entre el mayor número de personas, debiendo contribuir los que más tienen y los que pueden con los que no pueden hacerlo, en base del criterio de que hoy el que tiene mañana puede no tener nada, y todos debemos contribuir canalizando algunos circuitos internos de la redistribución de la renta individual y nacional a favor de los más necesitados.

  4. Unidad: Es la parte de la Seguridad Social que trata con un criterio más científico de buscar la Unidad Jurídica, económica y política aprovechando al máximo de los recursos personales y materiales establecidas para un régimen nacional, tratando de evitar las injusticias, diferencias y desigualdades, tratando de evitar duplicidad y beneficios a causa de una misma contingencia.

  5. Internacionalidad: Es la que persigue y cubre al hombre dentro de su ámbito temporoespacial amplio, en cualquier momento en la que la necesite y en cualquier sitio en que se halle por diversas circunstancias de su vida, ya sea prestando actividad laboral o de tránsito, la que a cualquier lugar que se desplace está en cautela de su salud y de su vida.

    La internacionalización de la Seguridad Social se concreta por dos vías diversas:

    • Convenciones Generales concertadas entre diversos países bajo los auspicios de la OIT desde 1919, en mérito de las cuales las partes contratantes adquieren el compromiso de establecer en su legislación interna ciertas disposiciones mínimas concernientes a la protección social a sus ciudadanos trabajadores o a los extranjeros más o menos equilibrados a ellos; y
    • Pactos especiales suscritos entre ciertos y determinados países en virtud de los cuales adquieran obligaciones explícitas y recíprocas sobre protección a los trabajadores de las otras partes contratantes. Pueden ser pactos bilaterales o multilaterales, elaborados para cada caso, pero siempre en torno del mismo tema: protección especial a los trabajadores procedentes de los países firmantes.

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