El Propósito Fundamental del Estado: Bien Común y Organización Social
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El Fin del Estado: Propósito y Perspectivas
Definiendo al Estado como un grupo humano total que, en un marco físico, se organiza para alcanzar un fin máximo que satisfaga las necesidades del grupo en su conjunto, establecemos que ese fin es la causa final.
La Perspectiva Trialista del Fin Estatal
Abordándolo desde una perspectiva trialista, se visualiza:
El Orden de la Realidad: Comportamientos Políticos
Desde el orden de la realidad de los comportamientos políticos, todo lo que se hace es para alcanzar un fin propuesto previamente que, en el caso del Estado, es un objetivo que en su plenitud y definitivamente no se consigue nunca, no acaba, porque es un fin intrínseco a la convivencia.
El Orden de las Normas: Marco Jurídico
Desde el orden de las normas jurídicas, el fin se formula mediante normas, escritas o no. En un Estado, los fines se explicitan en el preámbulo de su constitución formal, o en el régimen político de la constitución material.
El Orden del Valor: La Justicia como Fin
Desde el orden del valor justicia, aquí el fin es el bien común, y el modo de organización que tienda a él, se verá influenciado por principios ideológicos y valoraciones que impulsan y dinamizan su realidad.
Clasificación de los Fines del Estado
En una clasificación de los fines del Estado, podemos encontrar:
- Fines Objetivos: Dados objetivamente por la propia naturaleza, son necesarios en tanto el derecho natural los establece como debidos para que el Estado responda a su íntima razón de ser.
- Fines Subjetivos: Son aquellos fines concretos y específicos que cada Estado empírico elige y se atribuye para sí mismo.
- Fines Particulares: Dentro de los subjetivos, son los que forja un hecho histórico concreto o un momento histórico determinado.
- Fines Absolutos: Desde una posición valorativa, se asignan al Estado de modo inflexible.
- Fines Relativos: Pueden ser los subjetivos o los objetivos ajustados a circunstancias cambiantes.
- Fines Exclusivos: Incumben únicamente al Estado.
- Fines Concurrentes: Admiten participación y colaboración por parte de los individuos.
El Bien Común como Fin Supremo del Estado
Si bien el fin del Estado, el bien común, se caracteriza por ser objetivo, universal y absoluto, esto exige que su contenido concreto se acomode a las necesidades y situaciones cambiantes y diversas de cada comunidad en el curso de la historia. Es así como a este fin lo captamos como bien. Esto se debe a que proporciona perfección al Estado, satisface el orden moral, beneficia a los seres humanos y, en definitiva, permite que los individuos y grupos inferiores logren su bien particular.
El Bien Común Público: Alcance y Naturaleza
Este bien común es, entonces, común, particular y parcial; sin embargo, el bien común público se diferencia en que alcanza a todos los seres humanos que conviven en esa organización política, satisfaciendo todas las necesidades de esa convivencia general. Este es, a su vez, temporal, en tanto que es un bien de la comunidad en el tiempo y el mundo, e histórico, dependiendo de las circunstancias de lugar y tiempo. Es una armonía que ofrece el conjunto de condiciones para que la convivencia se desarrolle en bienestar, y que favorece a los miembros del grupo y a los grupos menores, ofreciendo los medios suficientes para que cada persona, con su propia actividad e iniciativa, consiga su propio bien particular.
Protección de Derechos Humanos y Principio de Subsidiariedad
Aunque este bien común público cambia de acuerdo con circunstancias históricas, tiene un centro de gravedad: la protección de los derechos humanos, de manera que la tarea del Estado es promover, respetar, defender y garantizar los derechos naturales y fundamentales de las personas, mediante el derecho positivo que se derivará del natural y se ajustará a cada comunidad. También se relacionan con el bien común público el orden, la paz, la solidaridad, la justicia social, entre otras. Sin embargo, el Estado no debe perjudicar la iniciativa de los particulares; por esto, existe el Principio de Subsidiariedad, según el cual el Estado no debe hacer lo que los individuos y grupos puedan hacer eficazmente por sí mismos, solo interviniendo para suplir la escasez de recursos y de su actividad.
El Bien Común como Limitación del Poder Estatal
El bien común público funciona, por otro lado, como una limitación para el Estado, en tanto que:
- Debe hacer todo lo que conduce al bien común.
- No debe hacer lo que daña al bien común.
- Debe abstenerse de actuar cuando el bien común no está comprometido.
Participación Ciudadana y Justicia Distributiva
Si el fin del Estado es un bien, todos los miembros de la comunidad deben participar, ser parte, beneficiarse de él; el bien común debe beneficiar a todos los integrantes, sin excluir a ninguno y en proporción a sus necesidades. La justicia distributiva se refiere a compartir todo lo que objetivamente ofrece la convivencia, para alcanzar el bien individual de cada uno.
Prevalencia del Bien Común sobre el Bien Particular
Podemos decir que el bien común prevalece sobre el bien particular, privado o personal del individuo cuando, comparando cosas del mismo género, ese bien particular se subordina funcional (de acuerdo con la función social del individuo como parte del Estado y en relación con su fin) y parcialmente (el individuo posee algo que trasciende, en valor, al Estado) a aquel bien común público, en tanto este es la condición para el bien personal.
El Estado como Sociedad Perfecta
El Estado es, entonces, una sociedad perfecta (existe en y por sí misma, con medios para cumplir su fin) con un bien común público que suministra los medios para que, a través de la convivencia social, sean posibles los fines personales y del bien común parcial de cada grupo o asociación menor e imperfecta que lo componen.
El Poder Político al Servicio del Bien Común
El bien común público es el fin del Estado, fin que es un bien, por lo que este posee un poder político que lo capacita para actuar y se ejerce para alcanzar ese fin. La medida del fin, entonces, da la medida del poder, siempre que este sea la justicia.
Tipologías de Estado según su Fin
Por último, de acuerdo con el fin del Estado, este se clasifica en:
Totalitarismo
El totalitarismo propone como fin la grandeza y el bien del propio Estado, que interviene en toda la vida social y personal de los individuos, por lo que estos quedan degradados a una simple herramienta del Estado.
Liberalismo e Individualismo
El liberalismo reduce el fin del Estado a la defensa de los derechos individuales, para que no sean violados. El Estado se transforma en gendarme o policía, vigilando y asegurando el libre juego de los derechos y no interviniendo más que para tutelarlos. Puede derivar en individualismo, que niega la función social de la persona humana y sus derechos.
Socialismo
El socialismo reacciona contra el individualismo y acentúa la primacía de lo social. Aspira a una justicia social, con control del orden económico por parte del Estado, y a una sociedad donde las clases cooperen o, directamente, no existan.
Pensamiento Pontificio
El Pensamiento Pontificio asume la posición aristotélico-tomista, retomando el principio de subsidiariedad.