Proceso Legislativo: Etapas y Funciones
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Etapas del proceso Legislativo
1. Iniciativa
Pueden presentarla El
Presidente de la
República, los
Diputados,
Legisladores,
Legislaturas de los
Estados.
Presidente de la
República, los
Diputados,
Legisladores,
Legislaturas de los
Estados.
Consiste en presentar
proyecto de ley a la
consideración del
Congreso de la Unión,
las Cámaras deliberan
acerca de estos con la
finalidad de si deben
aprobarlos o no.
proyecto de ley a la
consideración del
Congreso de la Unión,
las Cámaras deliberan
acerca de estos con la
finalidad de si deben
aprobarlos o no.
2. Discusión
Las Cámaras discuten
el proyecto de ley y
se decide si se
aprueba o no.
el proyecto de ley y
se decide si se
aprueba o no.
Las Cámaras deliberan
acerca de las iniciativas,
y determinan si deben o
no ser aprobadas. Según
el art. 72 constitucional
la iniciativa debe ser
revisada por “Cámara
de Origen” “Cámara
Revisora”.
acerca de las iniciativas,
y determinan si deben o
no ser aprobadas. Según
el art. 72 constitucional
la iniciativa debe ser
revisada por “Cámara
de Origen” “Cámara
Revisora”.
3. Aprobación
Las Cámaras aceptan
total o parcialmente
un proyecto de ley
proceden, mediante
votación, y después
de haber discutido lo
suficiente, a la
aprobación de la
iniciativa, debiendo
notificarlo al
Ejecutivo, enviándole
el documento
correspondiente
para que este la
efectué
total o parcialmente
un proyecto de ley
proceden, mediante
votación, y después
de haber discutido lo
suficiente, a la
aprobación de la
iniciativa, debiendo
notificarlo al
Ejecutivo, enviándole
el documento
correspondiente
para que este la
efectué
4. Sanción
Es la aceptación
de una iniciativa
por el poder
ejecutivo que
corresponde al
presidente de la
república el cual
tiene un plazo de
diez días para
hacer
observaciones , si
no lo hace se
entiende que ha
sido aceptada.
de una iniciativa
por el poder
ejecutivo que
corresponde al
presidente de la
república el cual
tiene un plazo de
diez días para
hacer
observaciones , si
no lo hace se
entiende que ha
sido aceptada.
5. Publicación
Cuando la ley
es aceptada
debe darse a
conocer a
todos los
habitantes
por lo que se
ordena su
publicación
en el Diario
Oficial de la
Federación.
es aceptada
debe darse a
conocer a
todos los
habitantes
por lo que se
ordena su
publicación
en el Diario
Oficial de la
Federación.
6. Vigencia
S e denomina
iniciativa de la
vigencia y que
comenzara a
surtir sus
efectos entre la
publicación y la
entrada en
vigor, de toda
ley y que debe
mediar un
espacio de
tiempo a este
lapso se le
conoce como
vocatio legis.
iniciativa de la
vigencia y que
comenzara a
surtir sus
efectos entre la
publicación y la
entrada en
vigor, de toda
ley y que debe
mediar un
espacio de
tiempo a este
lapso se le
conoce como
vocatio legis.