Proceso Legislativo y Estructura Normativa en España y la Unión Europea

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Elaboración y aprobación de las normas con rango de ley

El poder legislativo corresponde a las Cortes Generales, integradas por dos cámaras: el Congreso de los Diputados (Cámara Baja) y el Senado (Cámara Alta).

Iniciativa y aprobación de leyes

  • Iniciativa: Corresponde al Gobierno, mediante los proyectos de ley, y al Congreso y Senado, mediante la presentación de proposiciones de ley. Para que estas últimas sigan su procedimiento, se exigirán al menos 500.000 firmas acreditadas.
  • Aprobación: Un proyecto de ley debe ser aprobado en el Consejo de Ministros, que lo presentará al Congreso. Una vez aprobado, el presidente dará inmediata cuenta al presidente del Senado, sometiéndolo a deliberación. Tras dos meses, el Senado podría oponer su veto siempre que cuente con mayoría absoluta.
  • Requisitos formales: Para que la ley aprobada sea aplicable, se requiere la sanción y la promulgación real.

Ejecución y control de las leyes

El poder ejecutivo se atribuye al Gobierno y a la Administración Pública, siendo los encargados de aplicar las normas aprobadas y velar por su cumplimiento. Los miembros del Gobierno se reúnen en el Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas, salvo que se trate de funciones ejecutivas delegadas a la Administración Pública.

Control de cumplimiento

En caso de incumplimiento, interviene el poder judicial (jueces y magistrados). Este ejercicio de potestad se lleva a cabo juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. El órgano encargado del gobierno de los jueces y magistrados es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), integrado por un presidente y 20 miembros (vocales).

Normativa de la Unión Europea

Para informar sobre esta normativa, se publica diariamente el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), cuya estructura es la siguiente:

  • Serie L: Legislación (tratados, reglamentos, directivas, decisiones, etc.).
  • Serie C: Comunicaciones e informaciones (propuestas de la Comisión, jurisprudencia del Tribunal de Justicia, información sobre oposiciones).
  • Suplemento S: Contratos públicos cuya publicación es obligatoria.
  • Anexo: Debates del Parlamento Europeo.

Estructura y contenido del BOE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) se organiza en las siguientes secciones:

  • Sección 1: Tratados internacionales, normativas de rango de ley del Estado, leyes de las comunidades autónomas y reglamentos.
  • Sección 2:
    • 2.A: Nombramientos, situaciones e incidencias sobre funcionarios del Estado.
    • 2.B: Oposiciones y concursos (procedimiento de selección de personal).
  • Sección 3: Disposiciones de obligada publicación de carácter no general (becas y subvenciones).
  • Sección 4: Edictos, notificaciones, requisitorias y anuncios de los juzgados y tribunales.
  • Sección 5:
    • 5.A: Contratación del sector público.
    • 5.B: Anuncios y resoluciones de organismos públicos.
    • 5.C: Anuncios particulares de alcance general.

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