El Proceso Legislativo en Chile: Desde la Iniciativa hasta la Publicación
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 3,84 KB
Atribuciones de la Cámara de Diputados
- Fiscalizar los actos del gobierno, pudiendo adoptar acuerdos, formular observaciones, solicitar antecedentes, citar a los ministros o crear comisiones especiales investigadoras.
- Declarar si da o no lugar a las acusaciones constitucionales en contra de las altas autoridades (Presidente, ministros, generales, almirantes, intendentes y gobernadores) por la comisión de delitos y abusos de poder.
Atribuciones del Presidente de la República
Legislativas Directas (relacionadas con el proceso de la ley)
- Iniciativa exclusiva de ley en materias administrativas y financieras.
- Formar parte de proyectos de ley en las cámaras mediante los ministros.
- Ejercer el derecho a voto.
- Promulgar leyes y ordenar su publicación en el Diario Oficial.
- Dictar, previa delegación de facultades del Congreso Nacional, decretos con fuerza de ley sobre materias de nacionalidad y ciudadanía, elecciones y plebiscitos, derechos y garantías, organización, atribuciones y régimen de los funcionarios del Poder Judicial, del Congreso Nacional, del Tribunal Constitucional y de la Contraloría General de la República.
- Fijar el texto refundido, coordinado y sistematizado de las leyes.
- Convocar al plebiscito en caso de que el Congreso Nacional insista por dos tercios de los miembros de cada cámara en un proyecto que el Presidente no desea promulgar. El resultado del plebiscito es vinculante para todos los órganos estatales.
Legislativas Indirectas
- Solicitar dictámenes al Senado cuando lo estime conveniente.
Comisiones Parlamentarias
Compuestas por 5 senadores o 13 diputados y, en algunos casos, por representantes de ambas cámaras. Su objetivo es el estudio pormenorizado y especializado de los proyectos de ley y de las materias sometidas a su conocimiento.
Fuero Parlamentario
Privilegio de diputados y senadores por el cual no pueden ser imputados o afectados en su libertad personal sin que la Corte de Apelaciones haya declarado admisible una causa judicial en que sean imputados.
La única excepción es ser sorprendido en delito flagrante, en cuyo caso se procede a la detención inmediata.
Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones y votos que emiten en el desempeño de sus cargos en sesiones de sala o de comisión.
Inmunidad Parlamentaria
Privilegio que la Constitución establece con el objetivo de asegurar la independencia del Congreso y la libertad de acción de sus miembros.
Los parlamentarios no pueden ser objeto de responsabilidad por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus funciones.
Etapas de Formación de la Ley
- Iniciativa
- Discusión
- Sanción
- Promulgación
- Publicación
Tramitación de un Proyecto de Ley
El Presidente, a través de un mensaje, y los parlamentarios, a través de una moción, pueden presentar proyectos de ley. Esta última no puede ser firmada por más de 10 diputados ni más de 5 senadores.
Urgencia
- Simple: Conocido y despachado por la cámara respectiva en un plazo de 30 días.
- Suma: 15 días
- Inmediata: 6 días
Sanción
Aprobado el proyecto de ley en ambas cámaras, se envía al Presidente para su análisis. Si no hay respuesta en 30 días, se entiende aprobado.
Promulgación
Aprobado el proyecto por el Presidente, este debe dictar un decreto en 10 días, en el cual se declara la existencia de la ley.
Publicación
En 5 días, el texto de la ley debe publicarse en el Diario Oficial y, desde ese momento, es obligatoria y se presume conocida por todos.