Proceso de Juicio Sumario: Pasos y Consideraciones
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TRAMITACIÓN DEL JUICIO SUMARIO
Demanda
El juicio puede comenzar por demanda o bien por medida pre-judicial.
Citación a audiencia de discusión y conciliación obligatoria.
Vengan las partes al comparendo (o audiencia) de discusión y conciliación en quinto día hábil siguiente a la última notificación, a las xxx hora.-
Notificación.
Audiencia:
El ddte ratifica la dda (que es escrita) y el ddo puede presentar su defensa oralmente, quedando constancia en el acta.
Todas las incidencias –incluidas las excepciones dilatorias- deben formularse en esta audiencia (art 690), los que deben ser resueltos en la sentencia definitiva.
Agotada la discusión, el tribunal efectúa el llamado obligatorio a conciliación, la que no produciéndose, pone término a la audiencia.
El tribunal debe resolver si recibe la causa a prueba o citará a las partes a oír sentencia. Art 683-2.
Reconvención.
Si, normas de juicio ordinario son supletorias y aplicables al juicio sumario, sin existir norma especial en contrario.
No. No exista norma especial que lo haga aplicable en el juicio sumario, ni es aplicable por la naturaleza del procedimiento.
No existe trámite de réplica y duplica, indispensable en la reconvención.
“al demandado de comodato precario no le es dable solicitar - para el evento que se acoja la demanda- que se le paguen los edificios y plantaciones, pues ello importa una acción reconvencional que no procede ejercitar en el juicio sumario Corte Suprema. R. t. 61. sec. 1, p. 272)
Existen procedimientos especiales que permiten la reconvención:
Ley 18.101, arrendamientos de predios urbanos. Aquí es aplicable el procedimiento sumario y se prevé especialmente la reconvención.
Juicio ordinario de menor cuantía.
Código del trabajo, art 410, 411 y 412.-
Rebeldía del demandado:
Si el ddo no comparece a la audiencia, además de tener por evacuada la contestación y el llamado a conciliación en rebeldía.
Nace para el ddte la posibilidad excepcional de:
Que se acceda provisionalmente a la dda Art. 684-1
En este caso:
Opciones del ddo:
Interponer recurso de apelación, el que procede solo en el efecto devolutivo.
Deducir oposición dentro de 5 días (no suspende el cumplimiento de la resolución). El tribunal debe citar a nueva audiencia al 5 día hábil después de última notificación.
Fase probatoria.
Probatorio de 8 días
Lista testigos, 2 días.
Resolución susceptible rec. de reposición con apelc subsidiaria.
Citación a oír sentencia.
Vencido el término probatorio, el tribunal de inmediato citará a las partes para oír sentencia. Art 687.
Sentencia
La sentencia definitiva deberá dictarse en el plazo de diez días siguientes a la fecha de la resolución que cito a las partes a oír sentencia.-