Procedimientos para la Notificación de Accidentes de Trabajo

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 6,54 KB

Notificación y Registro de Accidentes Laborales: Obligaciones y Procedimientos

Obligación de Notificar Accidentes de Trabajo

El artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación del empresario de notificar a la autoridad laboral los daños que sufran los trabajadores a su servicio como consecuencia del trabajo que desarrollen. Esto implica comunicar un accidente por escrito, describiendo una serie de datos relacionados con el mismo.

Accidentes que Deben Notificarse

Según el Modo

  • Accidente de trabajo que cause baja médica: Aquel que suponga una ausencia del trabajo de al menos un día (sin contar el día del accidente).
  • Accidente de trabajo que no cause baja médica: Aquel que suponga la ausencia del trabajador solo el día del accidente o cuando la reincorporación al trabajo se produzca a lo largo de la jornada laboral siguiente a la del accidente, como consecuencia de una revisión médica.
  • Altas o fallecimientos de accidentados.
  • Recaídas.

Según el Origen

  • Accidentes de trabajo acontecidos dentro del centro de trabajo.
  • Accidentes de trabajo que tienen consideración de in itinere (accidentes que se producen en el trayecto desde el domicilio al centro de trabajo, y viceversa).

Plazos de Notificación

CausaPlazo
Accidente de trabajo que cause baja médica5 días hábiles a partir de la fecha del accidente o de la baja
Accidente de trabajo que no cause baja médicaRelación mensual a la entidad aseguradora en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al que se refieren los datos
Accidentes graves, muy graves o mortales, o que afecten a más de 4 trabajadoresAdemás del modelo oficial, en 24 horas comunicación a la autoridad laboral mediante telegrama u otro medio análogo

Modelo de Notificación de Accidente de Trabajo

La notificación de los accidentes de trabajo se realizará según los modelos oficiales. Del parte de accidente deben confeccionarse cinco ejemplares:

  • Para el empresario.
  • Para el trabajador.
  • Para la entidad gestora.
  • Para la Dirección General de Informática y Estadística del Ministerio de Trabajo.
  • Para la autoridad laboral.

La autoridad laboral debe enviar una copia de los documentos de accidentes de trabajo recibidos a la Unidad Provincial de la Inspección de Trabajo.

En los accidentes mortales, muy graves y graves, la inspección de trabajo debe practicar preceptivamente la correspondiente investigación en la empresa sobre la forma en que sobrevino el accidente, causas del mismo o circunstancias concurrentes.

Además, en el supuesto de muerte del trabajador accidentado, el facultativo que le haya asistido debe extender por duplicado el certificado médico de defunción, indicando si ha sido debida a accidente de trabajo y las causas del fallecimiento.

Registro e Investigación del Accidente

Investigación del Accidente

El artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales exige que cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario debe llevar a cabo una investigación con la finalidad de detectar las causas de estos hechos.

Con la investigación se pretende clarificar las causas del accidente para poder implantar las medidas correctoras que impidan que hechos similares puedan volver a repetirse.

La investigación debe realizarse por el mando directo, por ser quien mejor conoce cómo se ejecuta el trabajo y qué medidas correctoras son las adecuadas. En caso de accidentes graves o frecuentes, o cuando así lo solicite quien haya iniciado la investigación, será necesario que intervenga el técnico de prevención y otras personas relacionadas con el caso, e incluso en determinadas investigaciones se hace necesario el asesoramiento de técnicos externos especialistas en la materia que se analiza.

Una vez realizada la investigación, se elaborará un informe que contenga:

  • Determinación de las lesiones físicas y daños materiales.
  • Descripción detallada del accidente.
  • Análisis de las causas.
  • Medidas correctoras propuestas.
  • Valoración de los costes.

Control Estadístico de Accidentes

Según las recomendaciones de la X Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo de la OIT, se definieron un conjunto de ratios o índices estadísticos para conocer las características de los accidentes de la empresa.

Datos a Tener en Cuenta

  • N: Número de accidentes con baja ocurridos en el centro de trabajo, por lo que se excluyen los accidentes in itinere.
  • n: Número de trabajadores expuestos a riesgo. Se calculan para cada zona de riesgo homogéneo (talleres, oficinas).
  • Ht: Número de horas/hombre trabajadas que se calcula a partir de multiplicar el número de trabajadores expuestos al riesgo por el número de horas trabajadas por día, y días laborables o trabajados. Están excluidas las correspondientes a enfermedades, permisos, etc.
  • Jr: Jornadas naturales perdidas por IT sin incluir el día del accidente ni el día de la incorporación.
  • Jb: Jornadas perdidas por muerte o incapacidad permanente (según baremos).

Índices Estadísticos

  • Índice de Frecuencia (IF): Número de accidentes asumido por cada millón de horas/hombres trabajadas.
  • Índice de Frecuencia General (IFG): Número de accidentes con y sin baja por millón de horas/hombres.
  • Índice de Gravedad (IG): Número de jornadas perdidas por cada mil horas de exposición al riesgo.
  • Índice de Incidencia (II): Número de accidentes que se producen por cada 1.000 trabajadores expuestos al riesgo.
  • Índice de Duración Media de las Bajas (IDM): Número de jornadas perdidas por cada accidente de más de un día o con derecho a indemnización, excluidos los accidentes in itinere.
  • Índice de Seguridad (IS): Número de trabajadores expuestos al riesgo, por cada accidente y cien mil horas trabajadas.

Entradas relacionadas: