Procedimientos y Normativas de Control Fitosanitario y Certificación Vegetal
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Marco Regulatorio y Procedimientos de Control Fitosanitario
13. Definición del Control Fitosanitario
Los controles consistirán en un examen minucioso, en su totalidad o muestra representativa, con el fin de garantizar que los vegetales o productos vegetales no estén contaminados por **organismos nocivos**.
14. Significado del Pasaporte Fitosanitario
El **pasaporte fitosanitario** certifica que los productos, una vez superados todos los controles, no están contaminados por organismos nocivos. Esto implica que:
- Los controles han resultado **negativos**.
- Se puede extender el pasaporte fitosanitario.
El pasaporte es una **etiqueta oficial** que evidencia el cumplimiento de las normas fitosanitarias establecidas por un organismo oficial. El organismo oficial responsable es el **Ministerio de Agricultura**.
15. Medidas Aplicables ante la No Obtención del Pasaporte Fitosanitario
En caso de no obtenerse el pasaporte fitosanitario, se aplicará una de las siguientes medidas:
- **Tratamiento adecuado** o reparación del material afectado.
- Imposición de un **período de cuarentena**.
- Autorización para la circulación bajo **control oficial** hacia zonas en las que no representen un riesgo adicional.
- Autorización para la circulación bajo control oficial hacia determinados lugares para su **transformación industrial**.
- **Destrucción**.
17. Ubicaciones para la Inspección del SOIVRE
La inspección de los productos objeto de control se puede realizar en diversos puntos habilitados al efecto:
Puntos de Inspección Habilitados
- Puntos habilitados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- Los **Servicios de Inspección SOIVRE** de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.
- Los propios **recintos aduaneros**.
- Las instalaciones de confección, envasado, producción, almacenamiento, carga o distribución del propio **operador comercial**.
25. Explicación de los Riesgos de Fuerza Mayor
Los **desastres naturales o guerras** pueden interferir en el desarrollo normal de las operaciones comerciales. Por ejemplo, se puede haber acordado enviar una mercancía en una fecha determinada, pero debido a unas inundaciones no es posible realizar el envío en ese momento.
La cobertura de estos riesgos es compleja. La única posibilidad viable es incluir en el contrato **cláusulas protectoras** para ambas empresas en caso de que se materialicen situaciones de fuerza mayor.