Procedimientos Administrativos: Terminación, Recursos y Vías Contenciosas
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Terminación de Procedimientos Administrativos
Terminación Normal y Anormal
Terminación normal: El procedimiento concluye de manera regular.
Terminación anormal: El procedimiento finaliza sin llegar a su conclusión natural.
- Terminación convencional: Acuerdo entre el interesado y el denunciado para retirar la denuncia.
- Por desistimiento: El interesado detiene el proceso, pero puede reiniciarlo.
- Por renuncia: El interesado no puede reiniciar el proceso.
- Por caducidad del procedimiento: Falta de documentación necesaria en el plazo establecido.
El Silencio Administrativo
Cuando la administración no responde a una petición, ni expresa ni tácitamente. Se puede solicitar un certificado para acreditar la falta de respuesta.
El silencio puede ser:
- Positivo: En procedimientos iniciados de oficio que pueden terminar en efectos desfavorables para el administrado.
- Negativo: En procedimientos iniciados de oficio que pueden terminar reconociendo derechos a favor del administrado.
Recursos Administrativos
Acción del administrado para modificar o revocar un acto administrativo con el que no está de acuerdo.
Procedimiento Contencioso-Administrativo
Fases del Procedimiento
1. Iniciación
El recurso se inicia mediante un escrito que impugna el acto. Debe ser formal (por escrito) y dentro de un plazo de dos meses desde la notificación que finaliza la vía administrativa.
2. Desarrollo
Participan la Administración demandada y el administrado demandante. Se notifica a los demandados y el recurrente tiene 20 días para presentar la demanda.
3. Terminación
Normal: Sentencia del tribunal:
- Desestimado: El acto se ajusta a derecho.
- Inadmisible: No cumple los requisitos.
- Estimado: Se anula el acto y la resolución.
Anormal: El proceso termina antes de la sentencia:
- Desistimiento: El demandante renuncia al procedimiento.
- Allanamiento: El demandado da la razón al demandante.
- Reconocimiento extraprocesal: La Administración da la razón al demandante.
- Acuerdo de conciliación.
4. Ejecución
Una vez firmada la sentencia, se informa a la Administración para que actúe en un plazo de 2 meses.
Recursos Contra las Sentencias
- Recursos de súplica: Contra órganos judiciales, resueltos por el mismo tribunal.
- Recursos de apelación: Contra sentencias de juzgados, resueltos por el Tribunal Superior de Justicia de las CCAA.
- Recursos de casación ordinarios: Contra sentencias de la Audiencia Nacional o Tribunales Superiores de Justicia. Resuelve el Tribunal Supremo.
- Recursos de revisión: Contra sentencias del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional o Tribunales Superiores de Justicia. Resuelve el Tribunal Supremo.