Procedimientos Administrativos y Contenciosos: Recursos y Contratación Pública
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Recursos Administrativos
El recurso es la acción llevada a cabo por el administrado con la intención de modificar o revocar un acto administrativo con el que está en desacuerdo.
El recurso se interpondrá ante el órgano superior jerárquicamente al que dictó la resolución o ante el mismo órgano autor. Los recursos siempre han de ser argumentados y razonados, y deberán presentarse respetando rigurosamente los plazos marcados para ello.
Recurso de Alzada
Puede ser interpuesto por los interesados, ante resoluciones y actos de trámite que no pongan fin a la vía administrativa. El órgano competente para resolverlo será el superior jerárquicamente del que dictó el acto impugnado.
Recurso Potestativo de Reposición
Puede interponerse contra los actos que pongan fin a la vía administrativa. El órgano competente para su resolución será aquel que dictó el acto impugnado.
Recurso Extraordinario de Revisión
Se trata de un recurso extraordinario que cabe contra actos firmes en vía administrativa. Se interpone ante el órgano administrativo que los dictó cuando se dan unos motivos determinados.
Generalmente, dichos motivos son:
- Error de hecho
- Aparición de nuevos documentos
- Testigos o documentos falsos
- Resolución producida como consecuencia de algún delito
El Procedimiento Contencioso-Administrativo
Una vez terminada la vía administrativa sin aceptación de la resolución correspondiente, solo nos quedará, en los casos en que sea posible, acudir a este procedimiento.
Fase de Iniciación
Se inicia normalmente mediante un escrito donde se cita la disposición o el acto que se impugna.
Con la admisión del recurso se evita que la resolución administrativa sea firme, y seguidamente el tribunal reclamará el expediente a la Administración correspondiente.
Fase de Desarrollo
El recurrente dispondrá de 20 días desde que fue admitido su recurso para que presente un escrito de demanda. Presentada la demanda, se le trasladará a la parte demandada, para que conteste en el plazo de 20 días.
Fase de Terminación
Existe una forma normal para la terminación de este proceso, que se suele producir por medio de la sentencia del tribunal. La sentencia indicará si el recurso es:
- Desestimado, si el acto administrativo se ajusta a derecho.
- Inadmisible, si el recurso no cumple los requisitos para que sea tratado.
- Estimado, con lo cual el acto administrativo y su resolución quedan anulados total o parcialmente.
Fase de Ejecución
Una vez la sentencia es firme, se le informa a la Administración para que en el plazo de 2 meses desde su recepción adopte las acciones oportunas.
Los Procesos de Contratación Pública
Cuando la Administración no es capaz de realizar una obra o de prestar un servicio por sí misma, contrata a terceras para que realicen esa labor, siempre y cuando reúnan unos requisitos y superen un procedimiento de selección. El procedimiento no es muy distinto de las convocatorias públicas de oposiciones.
Los contratos de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, suministro, servicios y de colaboración entre el sector público y el sector privado que celebren los entes, organismos o entidades pertenecientes al sector público se calificarán de acuerdo con las normas de la contratación pública.