Procedimiento de Quiebra y Fundamentos del Derecho Contractual y Comercial

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Estudio de Conceptos Clave en Derecho Concursal, Civil y Comercial

19. Esquema del Procedimiento de Declaración de Quiebra

Fases del Procedimiento:

  1. Presentación de la Solicitud de Quiebra:

    El legitimado activo (acreedor, el propio deudor, u otros según la legislación aplicable) solicita al tribunal competente que declare la quiebra del deudor.

  2. Pronunciamiento sobre la Solicitud y Audiencia:

    El tribunal, para pronunciarse, citará al deudor a una audiencia informativa. El objeto de esta audiencia es poner al deudor en conocimiento del procedimiento que se sigue en su contra y permitirle declarar lo que estime conducente a su defensa.

  3. Sentencia Judicial:

    Tras la audiencia y el análisis de los antecedentes, el tribunal emitirá una sentencia, que puede ser:

    • Sentencia que Resuelve No Ha Lugar a la Declaración de Quiebra: Ocurre si el tribunal estima que no existen méritos o antecedentes suficientes que permitan declarar el estado de quiebra del deudor. En este caso, el procedimiento culmina aquí.
    • Sentencia que Declara la Quiebra: Se dicta si el tribunal considera que hay méritos y antecedentes suficientes para declarar el estado de quiebra. Esta declaración implica la apertura formal del proceso concursal.

20. Definición de Relación Jurídica

Se entiende por relación jurídica el vínculo entre dos o más sujetos regulado por el Derecho. En virtud de esta relación, se atribuye a uno de los sujetos un poder (o derecho subjetivo) y al otro, un deber correlativo, que consiste en la necesidad de satisfacer el interés que el sujeto titular del poder está llamado a realizar con el ejercicio del mismo.

21. Concepto de Sujetos de Derecho

Se considera sujetos de derecho a todo ser o entidad capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones.

22. Elementos Distintivos de un Contrato

En todo contrato se distinguen los siguientes elementos:

  • Elementos de la esencia: Aquellos sin los cuales el contrato no produce efecto alguno o degenera en otro contrato diferente.
  • Elementos de la naturaleza: Aquellos que, no siendo esenciales, se entienden pertenecerle al contrato sin necesidad de una cláusula especial.
  • Elementos accidentales: Aquellos que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales.

23. Significado de la Fuerza Obligatoria de un Contrato

Que un contrato tenga fuerza obligatoria (principio pacta sunt servanda) significa que está destinado a producir efectos jurídicos vinculantes entre las partes que lo celebran, tal como si fuera una ley para ellas, aunque emane de un acuerdo privado y no directamente de una disposición legislativa general.

24. Clasificación del Contrato de Compraventa de Bienes Muebles

Según las clasificaciones contractuales estudiadas, el contrato de compraventa de bienes muebles se puede clasificar como:

  • Bilateral: Genera obligaciones recíprocas para ambas partes (vendedor y comprador).
  • Oneroso: Ambas partes obtienen un beneficio y soportan un gravamen.
  • Conmutativo: Las prestaciones de las partes se miran como equivalentes desde el momento de la celebración del contrato.
  • Principal: Subsiste por sí mismo, sin necesidad de otra convención.
  • Consensual: Se perfecciona, por regla general, por el solo consentimiento de las partes sobre la cosa y el precio.

25. Aspectos Subjetivos y Objetivos del Derecho Comercial

Los aspectos propios del Derecho Comercial son:

  • Aspecto Subjetivo: Se refiere a que el Derecho Comercial es, en una de sus concepciones tradicionales, un derecho dirigido a una clase determinada de personas: los comerciantes.
  • Aspecto Objetivo: Se refiere a que el Derecho Comercial es un derecho aplicable a ciertos actos específicos, denominados actos de comercio, independientemente de la calidad de comerciante de quien los ejecuta (en sistemas objetivos o mixtos).

26. Concepto de Comerciante y sus Elementos Característicos

Comerciantes son aquellos que, teniendo capacidad legal para contratar, hacen del comercio su profesión habitual.

Los elementos característicos y más importantes de este concepto son:

  • Capacidad para contratar: Aptitud legal para obligarse por sí mismo sin el ministerio o la autorización de otro.
  • Ejercicio del comercio: Realización de actos de comercio.
  • Profesión habitual: Dedicación principal y continua al comercio, con ánimo de lucro y de manera organizada.

27. Concepto de Quiebra

La quiebra puede definirse desde distintas perspectivas:

a) Como Proceso Concursal:

Es un proceso de ejecución colectiva dirigido contra el patrimonio del deudor (tradicionalmente, el deudor comerciante, aunque la legislación moderna puede extenderlo a otros sujetos), mediante el cual se liquida su patrimonio para satisfacer a los acreedores, en consideración al monto y la prelación (calidad) de sus créditos.

b) Como Estado Jurídico:

La quiebra es un estado jurídico judicialmente declarado. En virtud de la sentencia que la declara, el deudor (denominado fallido) pierde la administración de sus bienes presentes y futuros (efecto conocido como desasimiento), la cual pasa a un síndico de quiebras (o liquidador, según la terminología legal). Este síndico es designado por el tribunal, generalmente de una nómina oficial, y puede ser propuesto por la junta de acreedores o, en ciertos casos, por los acreedores si el propio deudor solicitó la declaración de su quiebra.

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