Procedimiento y Plazos de la Licitación Pública y Contratación Directa

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Licitación Pública

Los pasos de una licitación pública son (este proceso está regulado en los artículos 19 a 24 del reglamento):

  1. Identificación de una situación de hecho (necesidad).
  2. Licitación pública.
  3. Elaboración de las bases por medio de los mandos medios.
  4. Publicación de las bases.
  5. Preguntas, respuestas y aclaraciones.
  6. Recepción de ofertas.
  7. Evaluación.
  8. Adjudicación.

Plazos Mínimos para la Recepción de Ofertas

Los plazos mínimos para la recepción de ofertas varían según el monto de la adquisición (medido en UTM):

  • Adquisición igual o mayor a 1000 UTM: Mínimo de 20 días corridos.
  • Adquisición menor a 1000 UTM y superior a 100 UTM: Mínimo de 10 días corridos.
  • Adquisición menor a 100 UTM: Mínimo de 5 días corridos.

Flexibilidad y Difusión

Todos estos plazos se pueden rebajar en determinadas circunstancias. En esta etapa, la ley autoriza que el llamado se realice por otros medios que autorice la Dirección de Compras con el objeto de aumentar la difusión.

Aclaraciones y Consultas

Dentro de esta etapa (publicación y recepción), se admite la posibilidad de aclaraciones por parte de la entidad licitante, al igual que preguntas por parte de los oferentes y respuestas por parte de la administración (gestionadas a través de Chile Compra, con la finalidad de garantizar la igualdad de los oferentes).

Recepción y Apertura de Ofertas

Las ofertas se deben enviar necesariamente antes del día y la hora prefijados en las bases, a través del sistema informático. Cerrado este periodo de recepción, se realiza la apertura de las ofertas. Este acto de apertura incluye los siguientes aspectos:

  • Identificación de los oferentes.
  • Descripción básica del bien o servicio.
  • Garantía de seriedad de la oferta.
  • Monto ofertado.

El acto de apertura puede ser único (apertura técnica y apertura económica simultánea) o diferido (primero una apertura técnica y, posteriormente, solo para aquellos que califiquen, una apertura económica).

Evaluación de Ofertas

En esta etapa se realiza un análisis económico y técnico de los beneficios y de los costos presentes y futuros del bien o servicio que se quiere contratar.

Comisión Evaluadora

Para este fin, se forma una Comisión Evaluadora, la cual es obligatoria para licitaciones iguales o superiores a 1000 UTM. Esta comisión está integrada por tres miembros permanentes nombrados por resolución del jefe superior del servicio, quienes no deben tener conflictos de intereses. Eventualmente, se puede llamar a integrar la comisión a personas ajenas a la institución.

Contacto y Propuesta de Adjudicación

Durante la etapa de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos propios de la misma, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto. Del análisis que se realiza en la etapa de evaluación, el encargado de la licitación o la comisión (según corresponda) debe integrar una propuesta de adjudicación dirigida al Jefe Superior del Servicio.

Adjudicación

El Jefe Superior del Servicio adjudicará por medio de una resolución, la cual puede ser exenta o afecta, dependiendo del monto de la contratación. En la resolución respectiva se deben especificar los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de la oferta más conveniente.

Modalidades Alternativas de Contratación

Licitación Privada (Artículos 44 a 48 del Reglamento)

Se requiere previamente una resolución fundada y publicada en el portal. Se debe invitar a un mínimo de 3 posibles proveedores; sin embargo, basta con recibir una o dos ofertas para contratar. Una vez hecha la invitación a licitar, se aplican los plazos señalados en la licitación pública para recibir las ofertas.

Trato o Contratación Directa

Al igual que en la licitación privada, se requiere previamente una resolución fundada que autoriza el trato, identifica al proveedor y acredita las circunstancias que justifican el trato directo. Esta resolución debe publicarse dentro de las 24 horas siguientes a su dictación.

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