Procedimiento del Jurado en Juicios Penales: Acta, Instrucciones y Deliberación

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En el contexto de un juicio por jurados, es crucial seguir un procedimiento detallado para asegurar la validez del proceso y la justicia del veredicto. A continuación, se detallan los pasos clave:

Acta de Debate

Además del contenido habitual del acta de debate ante jueces profesionales, se debe registrar el nombre y apellido de cada miembro del jurado, así como las instrucciones para el veredicto. El juicio por jurados (J x J) debe ser video grabado, bajo pena de nulidad.

Instrucciones para la Deliberación

Una vez clausurado el debate, el jurado se retira de la sala. El juez invita a los abogados de ambas partes a presentar por escrito, en lenguaje claro y sencillo, sus propuestas de instrucciones. Es importante destacar que los abogados deben presentar estas propuestas antes del juicio. Se discutirán las objeciones recíprocas y el juez resolverá, dejando constancia de las disidencias u oposiciones de las partes para un posible recurso de casación. No se debe requerir al jurado que ubique los hechos en categorías jurídicas, sino que se les debe indicar que solo deben decidir sobre las circunstancias de hecho.

Explicación de las Instrucciones

El jurado regresa a la sala y el juez explica las normas que rigen la deliberación y las instrucciones, entregando una copia a cada miembro. El juez debe explicar:

  • La presunción de inocencia.
  • Que para declarar culpabilidad, se debe probar la autoría más allá de toda duda razonable.
  • Que es responsabilidad del fiscal demostrar la culpabilidad.
  • El alcance constitucional del derecho del acusado a negarse a declarar.
  • Que solo se pueden valorar las evidencias presentadas durante el juicio.
  • El derecho aplicable.
  • Las causas de justificación, si fueron planteadas en el debate.
  • Cómo se valora la prueba.

Todo esto debe ser explicado en un lenguaje claro y sencillo.

Deliberación del Jurado

Finalizado el debate, los jurados suplentes se retiran y quedan desvinculados del juicio. Los jurados titulares pasan a deliberar en sesión secreta y continua, donde solo pueden estar presentes los miembros del jurado, bajo pena de nulidad. Durante la deliberación, se discuten los temas contenidos en las instrucciones entregadas por el juez y se vota sobre:

  1. La existencia del hecho materia de la acusación.
  2. La eventual participación del imputado en el mismo.

La deliberación no puede exceder dos días, prorrogables por igual término. Si surgen dudas sobre las instrucciones, se deben plantear al juez, quien, tras reunirse con las partes, las aclarará. Si la primera cuestión se resuelve negativamente, no se tratará la segunda. Para un veredicto de culpabilidad, se requiere el voto afirmativo de 10 miembros del jurado sobre las cuestiones planteadas. En casos de delitos con penas perpetuas, se requiere unanimidad de votos afirmativos. La sesión termina cuando se obtiene un veredicto de culpabilidad, no culpabilidad o no culpabilidad por razones de inimputabilidad, sin aditamentos o aclaraciones adicionales. El presidente del jurado confecciona un formulario en presencia del resto.

Jurado Estancado

Si no se alcanzan las mayorías necesarias en las votaciones sobre las cuestiones a) y/o b), se debatirá y votará nuevamente hasta tres veces. Si la situación persiste, el veredicto será de no culpabilidad, a menos que se hayan obtenido más de ocho votos afirmativos, en cuyo caso se declara JURADO ESTANCADO. El presidente del jurado informa al secretario.

En este caso, se reabre la audiencia y el juez comunica que el jurado está estancado. Pregunta al fiscal si mantiene la acusación. Si la respuesta es negativa, el imputado es absuelto, a menos que la parte damnificada sostenga la acusación. Si el fiscal mantiene la acusación, el jurado vuelve a deliberar y votar. Si continúa estancado, se disuelve y se dispone un nuevo juicio con otro jurado. Si el nuevo jurado también se declara estancado, el imputado es absuelto.

Los miembros del jurado tienen la obligación de denunciar por escrito al juez, a través del presidente del jurado, cualquier tipo de presión, influencia o inducción que hayan recibido para emitir su voto. En tales casos, se les aislará a costa del Estado Provincial. Los jurados deben mantener la reserva de su voto y las boletas utilizadas se destruirán inmediatamente.

Una vez alcanzado un veredicto, el presidente del jurado lo comunica al secretario y el juez convoca al jurado a la sala de audiencias. El presidente lee el veredicto en voz alta y el juez declara al imputado culpable o no culpable, dando por terminada la actuación del jurado. Si el veredicto es de no culpabilidad, se ordena la libertad del imputado y la cesación de las restricciones impuestas, o la aplicación de las medidas de seguridad resueltas oportunamente.

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