Procedimiento Judicial Ordinario: Etapas, Requisitos y Características Clave
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Características del Procedimiento Judicial Ordinario
- a) Negocios judiciales: 500 UTM.
- b) Doble grado o instancia.
- c) Procedimiento escrito.
- d) Procedimiento declarativo.
- e) Procedimiento común o de aplicación general.
- f) Procedimiento supletorio de los mismos procedimientos extraordinarios o especiales, artículo 3º del CPC.
Estructura, Etapas o Fases del Procedimiento Judicial Ordinario
1. Período de Discusión
- 1.a. Demanda.
- 1.b. Contestación (y eventual demanda reconvencional).
- 1.c. Réplica (y contestación de demanda reconvencional).
- 1.d. Dúplica (y réplica en reconvención).
- 1.e. (Dúplica en reconvención).
2. Período de Conciliación
- 2.a. Llamado a conciliación.
- 2.b. Comparendo de conciliación.
- 2.c. Eventual término, total o parcial del juicio.
- 2.d. Continuación.
3. Período de Prueba
- 3.a. Resolución que recibe la causa a prueba.
- 3.b. Término de prueba.
- 3.c. Observaciones a la prueba.
4. Período de Sentencia
- 4.a. Citación para oír sentencia.
- 4.b. Sentencia.
Discusión
Iniciación: Artículo 253 del CPC. A través de medida prejudicial o de demanda.
Demanda: "Acto inicial de la relación procesal, o sea, la primera presentación que hace el actor y que resume sus pretensiones." "Manera de ejercitar la acción en juicio." (Casarino).
Documentos Acompañados con la Demanda
Según el artículo 255, deberán impugnarse dentro del término de emplazamiento, cualquiera sea su naturaleza. El artículo 348 establece que los instrumentos pueden presentarse en cualquier estado del juicio hasta el vencimiento del término probatorio en primera instancia y hasta la vista de la causa en segunda.
Carácter de la Demanda
Acto procesal de parte, voluntario. Excepción: constituye una carga, si el actor no presenta la demanda en los plazos, le precluye algún derecho.
- Medida prejudicial precautoria: 10 días.
- Jactancia: Artículo 269 del CPC: "obligue a deducir demanda dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento, si no lo hace, de no ser oída después sobre aquel derecho...".
- Reserva de derechos del juicio ejecutivo. Reserva de acciones y excepciones. Artículos 473, 474 y 478 del CPC.
Contenido de la Demanda
1) Generales de todo escrito (Artículos 30 y 31: una suma, copias).
2) Especiales contempladas en el artículo 254 del CPC, a saber:
- a. Designación del tribunal ante quien se entabla.
- b. Nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación.
- c. Nombre, domicilio y profesión u oficio del demandado.
- d. Exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya.
- e. Enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se someten al fallo del tribunal (parte petitoria).
Artículos Relevantes del Código de Procedimiento Civil (CPC)
- Artículo 255: Los documentos que acompañan a la demanda se impugnan en el término de emplazamiento.
- Artículo 348: Los instrumentos se pueden presentar en cualquier estado del juicio, hasta el vencimiento del término probatorio en primera instancia, y hasta la vista de la causa en segunda instancia.
- Artículo 256: El juez puede de oficio no dar curso a la demanda, si no cumple los primeros tres requisitos del Artículo 254.
- Artículo 257: Admitida la demanda, se confiere traslado de ella para que el demandado la conteste.