Procedimiento Administrativo: Sujetos, Interesados y Derechos Fundamentales

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,35 KB

El Elemento Subjetivo del Procedimiento Administrativo: Sujetos, Interesados y Derechos del Ciudadano

A) Los Elementos del Procedimiento Administrativo, en Particular el Elemento Subjetivo

Distinguimos así, en primer término, un elemento subjetivo, determinado por los sujetos que intervienen en el procedimiento administrativo. Cabe diferenciar dos grandes grupos de sujetos:

  1. Desde la perspectiva propia de los particulares, han de intervenir en el curso del procedimiento administrativo, y están legitimados para hacerlo, todos aquellos sujetos cuyos derechos o intereses legítimos pueden resultar de algún modo comprometidos o afectados por dicho procedimiento. Los interesados, y solo ellos, tienen derecho a actuar en el procedimiento.
  2. Desde la perspectiva opuesta de la Administración, intervienen o pueden intervenir una pluralidad de órganos en el curso del procedimiento administrativo. Tienen la consideración de órganos las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que produzcan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo, de acuerdo con nuestro ordenamiento administrativo. Entre los órganos que actúan en el curso del procedimiento, están los que ahí intervienen para expresar un juicio técnico meramente ilustrativo o precisar de qué modo sus propias competencias externas pueden resultar afectadas. Impulsan, en definitiva, el procedimiento administrativo en todos sus trámites. Son los órganos competentes, y ellos habrán de concentrar nuestra atención.

B) Los Interesados en el Procedimiento Administrativo

Tipos de Interesados

Se distinguen tres grupos diferentes de interesados:

  1. Quienes promueven el procedimiento como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
  2. Quienes, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la resolución.
  3. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento.

Previsiones Adicionales sobre la Condición de Interesado

Existen dos previsiones adicionales importantes:

  • En primer lugar, se admite a las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos la cualidad de titulares de intereses legítimos.
  • En segundo lugar, se permite que los causahabientes puedan suceder en el procedimiento al acreditado titular de algún derecho o interés legítimo, en cualquier momento del procedimiento.

También es necesario referirse a la posibilidad de que los interesados puedan actuar por medio de representantes.

Importancia de la Condición de Interesado y sus Derechos

La obtención de la condición de interesado resulta importante, porque a ella se anudan consecuencias jurídicas relevantes. Esto incluye el derecho al acceso al procedimiento administrativo, salvo excepciones.

Pero, aparte del derecho al procedimiento, la normativa administrativa confiere a los interesados un importante haz de derechos en el procedimiento administrativo.

Los derechos de los interesados están reconocidos dentro de un precepto genéricamente referido a los derechos de los ciudadanos, si bien algunos de ellos están previstos específicamente para los interesados.

Entradas relacionadas: