Principios, Tributos e Impuestos: Funcionamiento y Clasificación en el Derecho Procesal Tributario

Enviado por Chuletator online y clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 4,44 KB

Principios Fundamentales del Derecho Procesal Tributario

El Derecho Procesal Tributario se rige por varios principios esenciales:

  • Igualdad: Todos los ciudadanos son iguales ante la ley y, por ende, ante las obligaciones tributarias.
  • Legalidad: Todo tributo debe estar establecido por una ley previa a su aplicación.
  • No Confiscatoriedad: Los tributos no pueden ser confiscatorios, es decir, no pueden apropiarse de una porción sustancial de la propiedad o renta del contribuyente.
  • Equidad: Los tributos deben ser equitativos, distribuyéndose de manera justa entre los contribuyentes.

¿Qué son los Tributos?

Los tributos son prestaciones, generalmente en dinero, que el Estado exige a los contribuyentes. Su objetivo principal es proveer al gobierno de los recursos necesarios para financiar los gastos públicos. El pago de tributos es obligatorio para todos los sujetos obligados según la ley. Excepcionalmente, se permite el pago "en especie", es decir, mediante la entrega de bienes o servicios, previa autorización.

Los tributos se clasifican principalmente en:

  • Impuestos
  • Tasas

Impuestos: Definición y Clasificación

Los impuestos son obligaciones unilaterales impuestas por ley a los ciudadanos. Su finalidad es financiar los gastos generales del Estado, como la administración de la educación, la defensa nacional, la seguridad pública, entre otros. Los impuestos se clasifican según varios criterios:

Clasificación de los Impuestos

  1. Internos o Externos: Según graven operaciones dentro del país (internos) o el ingreso/egreso de mercancías (externos).
  2. Únicos y Generales: Los sistemas tributarios pueden ser de impuesto único (como en algunos estados de EE. UU., con un solo "TAX") o generales, con múltiples impuestos (como en Argentina).
  3. Ordinarios y Extraordinarios: Los ordinarios son permanentes, mientras que los extraordinarios se establecen por un período de tiempo limitado para atender necesidades específicas.
  4. Directos e Indirectos: Los directos gravan la renta o el patrimonio del contribuyente (ej., impuesto a las ganancias), mientras que los indirectos gravan el consumo o las transacciones (ej., IVA).
  5. Personales y Reales: Los personales consideran las circunstancias particulares del contribuyente (ej., deducciones por cargas de familia), mientras que los reales gravan los bienes o la riqueza sin considerar la situación personal (ej., impuesto inmobiliario).

Efectos Económicos de los Impuestos

La imposición de tributos genera diversos efectos en la economía:

  1. Percusión: Es el momento inicial en que el impuesto recae sobre el contribuyente *de iure* (el legalmente obligado). Si este contribuyente soporta efectivamente la carga del impuesto, se convierte también en el contribuyente *de facto*.
  2. Traslación: Es el proceso por el cual la carga del impuesto se transfiere del contribuyente *de iure* al contribuyente *de facto*. Existen varios tipos de traslación:
    • Hacia adelante: El impuesto se traslada al comprador (aumento de precios).
    • Hacia atrás: El impuesto se traslada a los proveedores (reducción de precios de compra).
    • Oblicua: El impuesto se traslada a otros agentes económicos distintos de compradores o proveedores directos.
    • Simple: El impuesto se traslada una sola vez.
    • De varios grados: El impuesto se traslada sucesivamente entre varios agentes económicos.
  3. Incidencia: Es el momento final en que el impuesto recae sobre el contribuyente *de facto*, quien efectivamente soporta la carga económica.
  4. Infusión: Es la propagación de los efectos económicos del impuesto a través de variaciones en los precios, las ventas y otras variables económicas.

Tasas: Características y Diferencias con los Impuestos

Las tasas son tributos que el Estado exige como contraprestación por un servicio público específico, efectivamente prestado o potencialmente disponible. Aunque son exigibles por el Estado (carácter tributario), tienen una naturaleza retributiva, ya que se vinculan directamente al costo del servicio.

Entradas relacionadas: