Principios de la Teoría de la Justicia de John Rawls: Libertades, Diferencia y Críticas

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Teoría de la Justicia de John Rawls

De forma muy genérica, podríamos decir que John Rawls considera que cuando las «personas racionales», en condiciones de libertad e igualdad, consiguen llegar a acuerdos sobre los que elaborar una idea de justicia, esta idea tiene una validez universal e incondicional. Junto a la idea de que las personas deben ser consideradas como seres racionales, iguales y libres, el otro concepto sobre el que se elabora la teoría de la justicia es la imparcialidad. La condición de imparcialidad establece que solo bajo condiciones imparciales se pueden obtener unos resultados imparciales y, por lo tanto, una teoría de la justicia que sea imparcial y que pueda ser de validez universal.

En su teoría contractualista, John Rawls entiende que la imparcialidad, o como él la llama, «situación de posición original», viene garantizada mediante el «velo de la ignorancia». De este modo, se asegura un tratamiento equitativo de las distintas concepciones del bien.

El velo de la ignorancia consiste en que cuando las personas eligen los principios de la justicia no saben cuáles van a ser sus circunstancias específicas (qué posición social ocuparán). Los principios que emergen del velo de la ignorancia pueden ser considerados justos.

La idea de sociedad que tiene Rawls es la de una asociación autosuficiente de personas que en sus relaciones reconocen la existencia de ciertas reglas de conducta que son obligatorias y que están dispuestos a obedecerlas. La aceptación de estas normas permite que se genere un sistema de cooperación planificado y que tenga como fin último promover el bien entre sus miembros.

El conflicto es el resultado de la existencia de identidad de intereses enfrentados entre individuos que desean para sí mismos los mayores beneficios posibles y que les permitan alcanzar sus objetivos (Locke).

La justicia es el pilar sobre el que se edifica la sociedad. Para ello, las grandes instituciones sociales deben distribuir derechos y deberes fundamentales y determinan qué ventajas pueden obtenerse mediante la cooperación social. Estas instituciones, por un lado, definen los derechos fundamentales y los deberes; y por otro, influyen sobre las perspectivas de vida que tienen las personas. La idea básica es que en esta sociedad las personas tienen posiciones sociales diferentes y que, por lo tanto, tendrán expectativas de vida diferentes. La teoría de la justicia social debe ocuparse tanto de la distribución de deberes como de los derechos entre los ciudadanos. Para concretar tal estado ideal, Rawls recurre a un marco contractual en el que los principios de justicia son el resultado de un acuerdo. El acuerdo reemplaza a la noción tradicional de “contrato”. Se trata de un acuerdo al que llegarían personas libres y racionales interesadas en promover sus propios fines en una situación inicial de igualdad.

Los Dos Principios de la Teoría de la Justicia de Rawls

Así pues, los dos principios de la teoría de la justicia de Rawls son:

  1. Principio de Libertades: Cada persona debe tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas que sea compatible con las libertades para los demás.
  2. Principio de Diferencia: Las desigualdades económicas y sociales habrán de ser conformadas de modo tal que a la vez que:
    1. Se espere razonablemente que sean ventajosas para todos.
    2. Se vinculen a empleos y cargos asequibles para todos.

Las desigualdades económicas deben apoyarse, por su parte, en el principio de la justa igualdad de oportunidades. En Rawls, este principio de la diferencia expresa un sentido de amistad cívica y de solidaridad moral que incluye la igualdad en la estimación social y excluye todo tipo de hábitos de privilegios o servilismos.

Detalles del Principio de Libertades

El primer principio se encarga de la distribución del bien primario de la libertad, y tiene dos pretensiones: igualdad y maximización de las libertades básicas. Estas libertades son:

  • La libertad política, que es el derecho a votar y a desempeñar cargos públicos.
  • La libertad de expresión y de reunión.
  • La libertad de conciencia y de pensamiento.
  • La libertad personal, que es la libertad frente a la opresión psicológica, a la agresión física y a la integridad de la persona.
  • El derecho a la propiedad personal.
  • La libertad frente al arresto y a las detenciones arbitrarias.

De acuerdo con el primer principio, todos deben tener igual derecho a estas libertades, ya que son prerrequisito para lograr la realización o modificación de cualquier plan de vida y son condición necesaria para el autorrespeto. Las libertades básicas son de tal importancia que, desde la posición original, nadie las pondría en peligro ni estaría dispuesto a renunciar a ellas.

Detalles del Principio de Diferencia

De acuerdo con el segundo principio, las personas en la posición original optarían, una vez garantizadas las libertades, por una distribución desigual de los otros bienes primarios como son la riqueza, la autoridad y el ingreso, es decir, se debe equilibrar la balanza de la economía de pobres y ricos.

Críticas a la Teoría de la Justicia de Rawls

De una forma muy general, las críticas hacia la «teoría de la justicia» de John Rawls se centran en la idea de que la noción del “velo de la ignorancia” impone a las personas la necesidad de deliberar sin conocimiento de las circunstancias o atributos personales que le permitirían tomar decisiones sobre su vida.

La Crítica de Robert Nozick

De entre las muchas críticas a Rawls destaca la que efectúa Robert Nozick.

El perfil ideológico de Robert Nozick basculó desde posiciones de izquierda, cuando era profesor de Princeton en la década de los 60, hasta posiciones claramente a la derecha, influenciado por autores como Hayek.

La obra de Nozick en la que encontramos una crítica más elaborada de la teoría de Rawls es Anarquía, Estado y Utopía (1974). Para criticar a la teoría de la justicia, Nozick parte de la afirmación de Rawls de que las desigualdades pueden quedar justificadas moralmente si estas favorecen a los más desfavorecidos. Nozick se basa en el principio kantiano de que las personas deben ser tratadas como fines en sí mismas, y nunca como medios, y esto no ocurre en la teoría de Rawls, con la que se podría justificar una redistribución forzosa de los bienes.

La propuesta de Nozick defiende la existencia de un Estado mínimo"limitado a las estrechas funciones de protección contra la fuerza, el robo, el fraude, el cumplimiento de los contratos, etc".

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