Principios Procesales y Normas de Audiencia: Guía Detallada
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Principios Fundamentales de las Audiencias
A continuación, se presentan los principios que rigen las audiencias, así como las normas que regulan su desarrollo:
Principio de Publicidad
Las audiencias serán públicas, permitiendo el acceso no solo a las partes involucradas en el procedimiento, sino también al público en general.
Principio de Contradicción
Las partes tienen el derecho de conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, así como de oponerse a las peticiones y alegatos de la otra parte.
Principio de Continuidad
Las audiencias se llevarán a cabo de forma continua, sucesiva y secuencial.
Principio de Concentración
Las audiencias se desarrollarán preferentemente en un mismo día o en días consecutivos hasta su conclusión.
Principio de Inmediación
Toda audiencia se desarrollará íntegramente en presencia del Órgano jurisdiccional.
Competencia y Lugar de las Audiencias
Competencia por Razón de Seguridad
Será competente para conocer de un asunto un Órgano jurisdiccional distinto al del lugar de la comisión del delito.
Lugar de las Audiencias
El Órgano jurisdiccional celebrará las audiencias en la sala que corresponda.
Restricciones y Participación en las Audiencias
Restricciones de Acceso a las Audiencias
- Personas armadas
- Personas que porten distintivos gremiales o partidarios
- Personas que porten objetos peligrosos o prohibidos
Presencia del Imputado en las Audiencias
El imputado no podrá retirarse de la audiencia sin autorización del Órgano jurisdiccional.
Ausencia de las Partes
La presencia de cualquiera de ellos (MP, defensores) bastará para celebrar la audiencia respectiva. Si la víctima u ofendido no concurren, o se retiran de la audiencia, la misma continuará sin su presencia, sin perjuicio de que pueda ser citado a comparecer en calidad de testigo.
En caso de que la víctima u ofendido constituido como coadyuvante se ausente, o se retire de la audiencia intermedia o de juicio, se le tendrá por desistido de sus pretensiones.
Medios de Apremio y Notificaciones
De los Medios de Apremio
Para asegurar el orden en las audiencias o restablecerlo cuando hubiere sido alterado, se podrán aplicar los siguientes medios:
Notificación en Audiencia
Las resoluciones del Órgano jurisdiccional serán dictadas en forma oral.
Congruencia y Contenido de Autos y Sentencias
Los autos y las sentencias deberán ser congruentes con la petición o acusación.
Forma de Realizar las Citaciones
La autoridad que conoce del asunto deberá ordenar su citación mediante oficio, correo certificado o telegrama con aviso de entrega en el domicilio proporcionado.
Imposición de Medios de Apremio
- Amonestación
- Multa de veinte a mil días de salario mínimo vigente en el momento y lugar en que se cometa la falta que amerite una medida de apremio
- Auxilio de la fuerza pública
- Arresto hasta por 36 horas