Principios Fundamentales de los Sistemas Tributarios: Suficiencia, Equidad y Eficiencia

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Principios Fundamentales de los Sistemas Tributarios

1. Principio de suficiencia

Este principio requiere que la recaudación obtenida a través de los impuestos sea suficiente para cubrir los gastos públicos. Es necesario que los sistemas fiscales estén dotados de figuras impositivas que tengan un elevado potencial recaudatorio, lo cual se consigue mediante impuestos con bases imponibles muy amplias. Se distinguen dos tipos de suficiencias:

  • Suficiencia estática: Implica que los impuestos tengan capacidad recaudatoria en un momento determinado del tiempo para cubrir puntualmente el gasto público.
  • Suficiencia dinámica: Implica que el sistema fiscal esté integrado por impuestos que tengan capacidad recaudatoria duradera a largo plazo para cubrir la evolución del gasto público.

2. Principio de equidad

El sistema tributario debe ser equitativo o justo en la distribución de las cargas fiscales entre los distintos sujetos. Este principio tiene dos interpretaciones:

  • Principio del beneficio: Según el cual cada individuo debe contribuir a financiar el gasto público a través de los impuestos, en función del beneficio que reciba del sector público.
  • Principio de la capacidad de pago: Según este criterio, cada individuo debe contribuir a la financiación del gasto público a través de unos impuestos que tengan en consideración su capacidad de pago, independientemente de los beneficios que reciba del sector público.

3. Principio de flexibilidad

Este principio implica que los sistemas impositivos se deben adaptar a las variaciones coyunturales del ciclo económico, con el fin de que el sector público pueda llevar a cabo su función estabilizadora, no solo a través del gasto público, sino también mediante el sistema tributario. El sistema impositivo debe mostrar tanto flexibilidad activa como pasiva:

  • Flexibilidad activa: Se produce cuando el sistema fiscal permite la posibilidad de adoptar políticas anticíclicas mediante la alteración o modificación consciente de alguno de los elementos impositivos.
  • Flexibilidad pasiva: Se produce cuando el sistema fiscal se estructura de tal modo que contribuye a amortiguar automáticamente las fluctuaciones coyunturales de la actividad económica.

4. Principio de sencillez administrativa

Este principio vigila que se minimicen los costes de administración y gestión vinculados a la recaudación de los impuestos. Existen dos grandes tipos de costes:

  • Costes directos o de administración: Hacen referencia al gasto en el que incurre la administración tributaria para recaudar impuestos.
  • Costes indirectos o de cumplimiento fiscal: Representan los costes adicionales a los que tienen que hacer frente los contribuyentes durante todo el proceso de cumplimentación de las obligaciones fiscales, que suponen una carga añadida a la pura obligación tributaria. Estos costes pueden ser monetarios y no monetarios.

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