Principios Fundamentales y Derechos Esenciales del Estado Colombiano
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Principios Fundamentales del Estado Colombiano
Art. 1 – Principios fundamentales del Estado colombiano
Colombia es un Estado social de derecho, democrático, participativo y pluralista, fundado en la dignidad humana, el trabajo y la solidaridad.
Art. 2 – Fines esenciales del Estado
Proteger la vida, bienes y derechos; garantizar la convivencia pacífica, el cumplimiento de las leyes y la participación ciudadana.
Art. 3 – Soberanía popular
La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, que la ejerce de manera directa o por medio de representantes.
Art. 4 – Supremacía de la Constitución
La Constitución es norma de normas: prevalece sobre cualquier otra disposición.
Art. 5 – Primacía de los derechos de la persona
El Estado reconoce y protege los derechos inalienables de las personas y de la familia.
Art. 6 – Responsabilidad de los particulares y de los servidores públicos
Los particulares responden por infringir la ley; los servidores públicos responden por la Constitución, la ley y los actos de su cargo.
Art. 7 – Diversidad étnica y cultural
El Estado reconoce y protege la diversidad cultural y étnica de la Nación.
Art. 8 – Protección de las riquezas culturales y naturales
El Estado y las personas deben proteger el patrimonio cultural y ambiental de Colombia.
Disposiciones Generales y Derechos Fundamentales
Art. 9 – Relaciones internacionales
Se basan en la soberanía nacional, la autodeterminación de los pueblos y los principios del derecho internacional.
Art. 10 – Idioma oficial y lenguas indígenas
El castellano es el idioma oficial, pero se reconocen como oficiales las lenguas y dialectos indígenas en sus territorios.
Art. 11 – Derecho a la vida
La vida es inviolable; se prohíbe la pena de muerte.
Art. 12 – Prohibición de la desaparición forzada, la tortura y tratos crueles
Nadie puede ser sometido a desaparición forzada, torturas ni tratos inhumanos.
Art. 13 – Derecho a la igualdad
Todas las personas son iguales ante la ley. Se prohíbe la discriminación y se deben proteger los grupos vulnerables.
Art. 14 – Reconocimiento de la personalidad jurídica
Toda persona tiene derecho a ser reconocida como sujeto de derechos y obligaciones.
Art. 15 – Derecho a la intimidad y al habeas data
Se garantiza la intimidad personal y familiar, el buen nombre y la protección de datos personales.
Art. 16 – Libre desarrollo de la personalidad
Cada persona es libre de decidir sobre su vida, siempre que no afecte derechos de otros.
Art. 17 – Prohibición de la esclavitud
Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos.
Art. 18 – Libertad de conciencia
Nadie está obligado a revelar sus creencias ni a actuar en contra de su conciencia.
Art. 19 – Libertad de cultos
Se garantiza la libertad de profesar y difundir cualquier religión; todas son iguales ante la ley.
Art. 20 – Libertad de expresión y de información
Toda persona puede expresar y difundir sus pensamientos, recibir información veraz y crear medios de comunicación.