Principios Fundamentales del Derecho Penal: Fines de la Pena, Justicia Transicional y Derechos Humanos
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Lectura 5: Fines de la Pena y Justicia Transicional
¿En qué momento operan las funciones (fines) de la pena según el Artículo 4 de la Constitución Política?
Las funciones de este artículo, centradas en la prevención y resocialización del condenado, operan en distintas fases del proceso penal:
- Tipificación legal: Desde la definición de la conducta delictiva.
- Imposición de la pena (retribución): Al momento de la sentencia, como respuesta al ilícito cometido.
- Ejecución de la pena: Durante el cumplimiento de la condena, donde se busca la prevención especial, la reinserción social y la protección al condenado.
Funciones de la Pena:
- Retribución y Neorretribución: Justifica el castigo por su valor axiológico, como respuesta al mal causado.
- Prevención General Negativa o Intimidación: Actúa sobre la colectividad, buscando disuadir a potenciales infractores mediante la amenaza de la pena.
- Prevención General Positiva o Integración: Estabiliza la norma jurídica y refuerza la confianza en el sistema legal, generando tres efectos principales:
- Aprendizaje: Emite un mensaje colectivo sobre la validez y seriedad de la norma.
- Confianza: Fomenta la confianza entre la ley y la sociedad.
- Pacificación: Genera tranquilidad colectiva al demostrar la eficacia de la ley.
- Prevención Especial Negativa: Busca que el privado de la libertad no cometa nuevos delitos, a través de la incapacitación o disuasión individual.
- Prevención Especial Positiva: Se enfoca en la reeducación y la recuperación moral del condenado, promoviendo su reinserción social.
¿Cuáles son las funciones (fines) de la pena en un contexto de justicia transicional como la JEP?
En un contexto de justicia transicional, como el de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), las funciones de las penas adquieren un valor preponderantemente restaurativo, de reconciliación y de paz. Estas buscan la corrección de las conductas y la garantía de no repetición. A diferencia de la justicia ordinaria, estas penas no tienen como fin principal la prevención de la comisión de delitos futuros en la sociedad en general, ya que se aplican a conductas determinadas en un contexto específico de conflicto. Las tres funciones esenciales de la JEP son:
- Paz
- Reconciliación
- Satisfacción de las víctimas
Video: Principio de Jurisdicción Universal
¿Cuándo puede materializarse el Principio de Jurisdicción Universal?
El Principio de Jurisdicción Universal se materializa cuando existen crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio, ya que son delitos imprescriptibles por su gravedad y afectación a la comunidad internacional. Para su aplicación, deben existir víctimas identificadas, sin importar su nacionalidad, ya que se consideran víctimas universales. Además, es fundamental que el delito no haya comenzado a juzgarse en otro Estado que tenga jurisdicción sobre el caso, garantizando así la subsidiariedad y complementariedad de este principio.
Lectura 6: El Contenido Esencial del Principio de Respeto a la Dignidad Humana
¿Cuál es el contenido esencial del principio de respeto a la dignidad humana?
- Reconocimiento de los límites humanos: No se puede exigir responsabilidad penal por actos que una persona no pudo evitar, reconociendo la falibilidad y las limitaciones inherentes al ser humano.
- Exigencia de igualdad: Todas las personas deben ser tratadas con igualdad, sin discriminación alguna, garantizando el mismo respeto y consideración.
- Autonomía personal: Cada individuo tiene derecho a diseñar y vivir su vida según sus propias decisiones y convicciones, siempre que no vulnere los derechos de terceros.
- Protección de la integridad física y moral: Se prohíben tratos crueles, inhumanos o degradantes, asegurando la inviolabilidad del cuerpo y la mente.
- Garantía de condiciones mínimas de vida: Se deben asegurar condiciones básicas para una vida digna, incluyendo acceso a necesidades fundamentales como alimentación, vivienda, salud y educación.
Lectura 7: La Prisión Preventiva según Luigi Ferrajoli
¿Cuál es la opinión de Luigi Ferrajoli frente a la prisión preventiva?
Luigi Ferrajoli, reconocido jurista, considera que la prisión preventiva debe ser vista con gran cautela y escepticismo, ya que su aplicación puede vulnerar gravemente la presunción de inocencia y transformarse en una pena anticipada sin el debido juicio previo. Ferrajoli critica su uso excesivo y destaca que esta medida debería ser de carácter excepcional, utilizada solo en casos donde sea absolutamente necesaria para evitar la fuga del acusado, la alteración de pruebas o la comisión de nuevos delitos, siempre bajo estrictos principios de proporcionalidad y subsidiariedad.