Principios Fundamentales del Estado y la Ciudadanía en Chile
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Historia
Escrito el en español con un tamaño de 4,48 KB
Formas de Gobierno y Estructura del Estado
La República
La República es una forma de gobierno en la que la máxima autoridad ejerce el poder durante un tiempo limitado. Los gobernantes son responsables de sus actos frente a la nación.
Tipos de Gobierno según la Soberanía
- Gobierno Directo: La nación en su totalidad ejerce la soberanía (ejemplo: democracia ateniense).
- Gobierno Indirecto: La nación delega el poder político.
- Gobierno Representativo:
- Presidencial: Los ministros son designados por el presidente y duran en el cargo mientras cuentan con la confianza del presidente.
- Parlamentario: Los ministros son designados por el presidente, previa aprobación del parlamento, y duran en el cargo mientras tengan la confianza del parlamento.
Tipos de Gobierno según la Participación
- Gobierno Democrático: Toda la población, salvo limitaciones mínimas, tiene participación política.
- Gobierno Aristocrático: Solo un sector de la población puede ejercer el poder político.
El Gobierno de Chile
El Gobierno de Chile es Representativo, Presidencial y Democrático.
La Constitución Política
La Constitución es la ley fundamental de un país, que organiza el poder político y garantiza los derechos humanos.
- Artículo 1: Establece los objetivos del Estado.
- Artículo 6: Dispone que todos los órganos del Estado (municipalidades, presidente, personas) deben regirse por la Constitución.
- Artículo 2: Se refiere a la determinación legal de quiénes son chilenos y qué funciones políticas cumplen los chilenos (nacionalidad y ciudadanía).
Nacionalidad
La Nacionalidad es un vínculo jurídico que une a un individuo con su territorio. Todo ser humano en la Tierra debe tener una nacionalidad en cualquier país.
Formas de Adquirir la Nacionalidad
Nacionalidad por Origen
Se determina según el origen (de quién es hijo o dónde nació).
- Ius Soli: Se considera el territorio donde nació.
- Ius Sanguinis: Prevalece la nacionalidad de los padres, sin considerar el territorio donde nace.
Nacionalidad Adquirida
También se obtiene por dos procedimientos:
Nacionalización por Carta de Nacionalización
Se obtiene por medio de un decreto supremo. El presidente es la única autoridad política que puede conceder la nacionalidad.
Nota: Los decretos leyes fueron dictados en la dictadura, mientras que los decretos supremos son emitidos por gobiernos legalmente establecidos. Un Decreto con Fuerza de Ley (DFL) ocurre cuando algunos parlamentarios traspasan el poder de dictar leyes al presidente. A esas leyes dictadas por el presidente se les llama Decreto con Fuerza de Ley.
Requisitos para la Nacionalización por Carta:
- Demostrar residencia de 5 años en el país donde se desea la nacionalización.
- Presentar un certificado donde se renuncia oficialmente a la nacionalidad anterior.
Nacionalización por Gracia
Es una distinción que otorga el gobierno a un extranjero ilustre que haya trabajado por el bien del país, sin requisitos ni solicitud. Pueden tener doble nacionalidad y gozan de los mismos beneficios, pero no pueden ser presidentes.
Ejemplo: Andrés Bello.
Beneficios de la Nacionalidad
- Puede optar a cargos públicos después de 5 años de nacionalizarse, excepto el de presidente.
- Puede optar a cargos de elección popular.
Pérdida y Recuperación de la Nacionalidad
- Pérdida de la Nacionalidad: Ser sorprendido en actos que atenten contra la seguridad de la patria.
- Recuperación de la Nacionalidad: Para recuperarla se necesita una ley de los parlamentarios.
Ciudadanía
La Ciudadanía es la aptitud legal para ejercer derechos políticos.
Requisitos para la Ciudadanía
- Ser chileno.
- Tener 18 años.
- No haber sido condenado por delito terrorista.
- No estar cumpliendo condena.