Principios y Estructura del Sistema Judicial en España
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Clasificación de los Tribunales
Tribunales Especiales: son los que no están integrados en el Poder Judicial. Tribunales de Excepción: son aquellos creados en contra del Poder Judicial. Ex Post Facto: se refiere a los tribunales creados después de cometido el hecho, como el Tribunal de Núremberg.
Principios Fundamentales de la Justicia
- Legalidad: se materializa en la figura del juez natural, según el Art. 24 de la Constitución y el Art. 117 en sentido negativo.
- Imparcialidad: jueces y magistrados no pueden pertenecer a partidos políticos, aunque sí a asociaciones que, a su vez, pueden tener vínculos con partidos políticos.
- Independencia: se garantiza a través de la abstención, que es la otra cara de la recusación. El juez debe abstenerse si existe falta de parcialidad.
Responsabilidad y Nulidad de Actos
La nulidad de actos conlleva responsabilidad civil y administrativa en el ejercicio del cargo. El hecho de que exista una Audiencia no significa que el juez no sea libre de valorar de forma absoluta e independiente, incluso respecto de sus superiores. No cabe recurso de apelación en cuantías de hasta 6.000 euros; prevalece lo que el juez determine. Están prohibidas las circulares internas.
Independencia frente al Gobierno
Esta independencia se asegura mediante la inamovilidad y la exclusividad (Art. 103 de la Constitución), que establece que los jueces y magistrados solo pueden dedicarse a su tarea jurisdiccional.
Tipos de Responsabilidad Judicial
Por los hechos cometidos en su cargo, el juez responde de forma personal por actos u omisiones:
- Responsabilidad Civil: por incidencia civil, se tramita mediante una demanda de tipo ordinario para pedir responsabilidades (según los Arts. 411-412).
- Responsabilidad Penal: por faltas o delitos cometidos en sus cargos. El proceso lo puede iniciar otro poder judicial, por querella o por denuncia de autoridad, sometiéndose al aforamiento (Arts. 406-407 de la Ley Orgánica).
- Responsabilidad Disciplinaria: esta vía escapa a la penal. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impone las sanciones graves y muy graves, mientras que las Salas de Gobierno, de las cuales dependen los jueces y magistrados, imponen las leves.
Estatuto de Jueces y Magistrados
Los jueces y magistrados no pueden ser jubilados (a no ser que alcancen los 70 años) ni trasladados (salvo si ascienden de juez a magistrado). Solo pueden dejar el cargo por falta grave, por suspensión (condena de más de 6 meses), por incapacidad o por renuncia.
Límites de la Jurisdicción Española
Existen normas que determinan la atribución de asuntos con elementos extranjeros en los tribunales españoles. Estas presentan matizaciones de tipo personal y territorial.
La Jurisdicción Civil Internacional deriva del Convenio de Bruselas de 1968 relativo a la competencia judicial y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. El territorio español incluye buques y embajadas.
Inmunidad e Impunidad
- Inmunidad Penal: aplicada a diputados y senadores.
- Inmunidad Limitada: aplicada a los familiares en el ámbito civil.
- El Rey: goza de impunidad jurídica y política.
Aplicación de los Límites
Los límites de la jurisdicción española se establecen a través del Fuero, que es excluyente de otros fueros. Por residuo, excluyen de su competencia lo que no pertenezca al territorio español. La exclusividad del Fuero supone la sumisión expresa; si un asunto lo resuelve un tribunal extranjero, no es reconocido por el ordenamiento español, a no ser que exista un convenio entre los países.
Marco Constitucional y Derecho a Indemnización
El Art. 106 de la Constitución regula todo lo relativo a la administración de justicia. El Art. 121 de la Constitución establece las responsabilidades de la administración de justicia de forma directa y objetiva, regulando al personal de administración. No regula las responsabilidades del Ministerio Fiscal, de abogados ni de procuradores.
El derecho a indemnización surge por:
- Error judicial.
- Funcionamiento anormal de la justicia o de la administración pública.
- Prisión indebida.
Órganos fuera del Poder Judicial
- Tribunal Constitucional: aplica leyes, pero no sanciona.
- Tribunal de Cuentas: se ocupa exclusivamente de fondos públicos y privados.
- Tribunales Consuetudinarios: reconocidos en el Art. 125 de la Constitución, son órganos del Poder Judicial.
- Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia: tiene el mismo valor que un tribunal jurisdiccional.
- Tribunal de los Hombres Buenos de la Huerta Murciana.
- Tribunal Militar.