Principios Esenciales del Derecho Español: Estructura y Aplicación Empresarial
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Conceptos Fundamentales del Derecho
El Derecho se define como el conjunto de normas imperativas que regulan la convivencia social y son impuestas de forma coactiva por el poder público.
Los Poderes del Estado
La estructura del Estado se basa en la separación de tres poderes fundamentales:
- Poder Legislativo: Ejercido por las Cortes Generales (Congreso y Senado), su función es elaborar y aprobar las leyes.
- Poder Ejecutivo: Representado por el Gobierno, se encarga de aplicar las leyes y dirigir la política del país.
- Poder Judicial: Compuesto por jueces y tribunales, su misión es interpretar y hacer cumplir las leyes, resolviendo conflictos.
La Jerarquía Normativa: La Pirámide de Kelsen
Las normas jurídicas se organizan de forma jerárquica, donde ninguna norma de rango inferior puede contradecir a una de rango superior.
- La Constitución Española (1978): Es la norma suprema del ordenamiento jurídico.
- Tratados Internacionales y Derecho de la Unión Europea:
- Reglamentos: De aplicación directa y obligatoria en todos los Estados miembros.
- Directivas: Obligan en cuanto al resultado, pero requieren que cada Estado las transponga a su legislación nacional en un plazo determinado (generalmente dos años).
- Leyes:
- Leyes Orgánicas: Regulan materias de especial importancia, como los derechos fundamentales o los Estatutos de Autonomía. Requieren mayoría absoluta para su aprobación.
- Leyes Ordinarias: Regulan el resto de materias y requieren mayoría simple.
Conceptos Jurídicos Clave
- Jurisdicción: Ámbito territorial y material en el que un órgano judicial tiene la potestad de juzgar y ejecutar lo juzgado.
- Soberanía: Poder supremo e independiente que ostenta un Estado sobre su territorio y población.
- Aranceles: Impuestos que se aplican a los productos importados de otros países.
Ramas del Derecho y Capacidad Jurídica
Derecho Público y Derecho Privado
- Derecho Público: Regula las relaciones entre el Estado (y otras administraciones públicas) y los ciudadanos, cuando el primero actúa con potestad de imperio.
- Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares. Se subdivide en:
- Derecho Civil: Relaciones entre personas (familia, sucesiones, contratos, etc.).
- Derecho Mercantil: Relaciones entre empresarios y los actos de comercio.
Capacidad Jurídica y Capacidad de Obrar
- Capacidad Jurídica: Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. Se adquiere con el nacimiento.
- Capacidad de Obrar: Aptitud para realizar válidamente actos jurídicos y ejercitar derechos. Se adquiere, con carácter general, con la mayoría de edad.
Los Registros Públicos
Son instituciones destinadas a dar publicidad oficial a determinados actos o hechos jurídicos.
- Registro Civil: Inscribe los hechos relativos al estado civil de las personas (nacimientos, matrimonios, defunciones).
- Registro de la Propiedad: Inscribe la propiedad y otros derechos reales sobre bienes inmuebles.
- Registro Mercantil: Inscribe a los empresarios y otros actos relativos a su actividad.
El Negocio Jurídico y los Contratos
Tipos de Negocios Jurídicos
- Según el momento de sus efectos:
- Mortis causa: Producen efectos tras el fallecimiento de una persona (ej. testamento).
- Inter vivos: Producen efectos durante la vida de las partes (ej. compraventa).
- Según su objeto:
- Patrimoniales: Relativos a bienes o intereses económicos.
- Personales: Relativos a la esfera personal o familiar.
- Según su regulación:
- Típicos: Regulados específicamente por la ley.
- Atípicos: No están regulados expresamente por la ley, se rigen por la voluntad de las partes.
- Según las partes que intervienen:
- Unilaterales: Nacen de la voluntad de una sola parte (ej. testamento).
- Bilaterales o Multilaterales: Requieren el acuerdo de dos o más partes (ej. contrato).
Clasificación de Contratos y Garantías
- Solemnes: Requieren una forma especial para su validez (ej. escritura pública para una hipoteca, testamento).
- Gratuitos: Una de las partes obtiene un beneficio sin dar una contraprestación (ej. donación).
- Onerosos: Existe un intercambio de prestaciones o un pago (ej. compraventa).
Tipos de Garantías
- Garantía Real: Recae sobre un bien concreto para asegurar el cumplimiento de una obligación (ej. hipoteca, prenda).
- Garantía Personal: Una persona (el fiador) responde con todo su patrimonio del cumplimiento de la obligación de otra.
Derecho de la Empresa
Tipos de Empresarios
- Empresario Individual: Persona física que realiza en nombre propio una actividad económica.
- Empresario Social: Sociedad mercantil (persona jurídica) constituida por varias personas para realizar una actividad económica.
Principios Legales Fundamentales
- Principio de Responsabilidad Patrimonial Universal: Toda persona responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes, presentes y futuros.
- Obligación de Contabilidad: Todo empresario está obligado a llevar una contabilidad ordenada y a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Derecho de la Competencia y Propiedad Industrial
Defensa de la Competencia
Su objetivo es proteger el funcionamiento eficiente del libre mercado y evitar abusos que perjudiquen a los consumidores y a otros competidores.
Conductas Prohibidas
- Prácticas Colusorias: Acuerdos entre empresas para restringir la competencia. Ejemplos:
- Fijación de precios.
- Reparto de mercados o clientes.
- Coordinación en licitaciones públicas.
- Limitación de la producción.
- Abuso de Posición Dominante: Una empresa con poder de mercado significativo lo utiliza para eliminar a la competencia. Ejemplos:
- Imposición de precios abusivos.
- Exclusión de competidores del mercado.
- Discriminación comercial injustificada.
- Conductas de Menor Importancia: Acuerdos que afectan de forma poco significativa al mercado (generalmente, cuota de mercado conjunta inferior al 10%) y pueden estar exentos.
Competencia Desleal
Se consideran desleales todos aquellos comportamientos que resulten objetivamente contrarios a las exigencias de la buena fe. Incluyen:
- Actos de engaño o confusión.
- Omisiones engañosas.
- Prácticas agresivas (acoso comercial, coacción, spam).
- Actos de denigración (difusión de afirmaciones falsas sobre un competidor).
- Comparación ilícita (comparar productos no homogéneos o sin datos objetivos).
- Imitación desleal que genere confusión.
- Explotación de la reputación ajena.
- Violación de secretos empresariales o de normas.
- Venta a pérdida (vender por debajo del coste de adquisición de forma sistemática).
- Publicidad ilícita.
Propiedad Industrial
Conjunto de derechos exclusivos que protegen las creaciones intelectuales con aplicación industrial y comercial. Se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o a nivel europeo.
- Marca: Signo distintivo (nombre, logo, símbolo) que identifica productos o servicios en el mercado. Duración: 10 años, renovables indefinidamente.
- Patente: Derecho exclusivo sobre una invención. Requisitos: novedad mundial, actividad inventiva y aplicación industrial. Protege tanto el producto como el procedimiento. Duración: 20 años improrrogables.
- Modelo de Utilidad: Invención menor o mejora técnica que aporta una ventaja a un objeto ya existente. Duración: 10 años.
- Diseño Industrial: Protege la apariencia externa (la forma, no la función) de un producto. Requisitos: debe ser nuevo y poseer carácter singular. Duración: 5 años, renovables hasta un máximo de 25.