Principios y Elementos del Acto Administrativo en la Ley 40/2015
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 5,23 KB
Principios de las relaciones interadministrativas
Art. 140 Ley 40/2015: listado de principios.
- Principio de lealtad institucional
- Principio de adecuación a la distribución de competencias
- Principio de colaboración
- Principio de cooperación
- Principio de coordinación
- Principio de eficiencia en la gestión
- Principio de responsabilidad
- Principio de garantía e igualdad de cara a los ciudadanos
- Principio de solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución
1.3 Órganos administrativos
Órganos colegiados art. 15-18 Ley 40/2015 (ej. junta de la facultad de derecho) acuerdos mayoritarios de sus miembros. Régimen de Funcionamiento: Existencia de un secretario: que puede ser miembro del órgano o no, pero que sea trabajador de la administración pública. Saber y ejecutar la legalidad, certifica los acuerdos de los órganos colegiados. Existencia de un presidente. Convocatorias y sesiones (art.17): se puede constituir, convocar y celebrar, y acordar acuerdos de manera programática y presencial. Si el reglamento no dicta lo contrario. Si se hace por medio telemáticos, sus miembros se pueden encontrar en lugares diferentes, siempre y cuando los medios electrónicos aseguran la identidad de los miembros, el contenido de sus aportaciones, el momento en las que se hacen y la interactividad en tiempo real entre todos los miembros del órgano. Medios electrónicos incluidos: correo electrónico, audioconferencias y videoconferencias. Para que el órgano se considere válido tienen que haber como mínimo el presidente y el secretario y la mitad de los miembros, sino en una segunda convocatoria con menos miembros si así lo dice la normativa. Reuniones espontáneas están permitidas sino hay una convocatoria prevista. Documentos necesarios junto al programa de la convocatoria. No se puede tratar ningún punto que no está en el orden del día. Los miembros que votan en contra o se abstienen no son responsables de ese acuerdo. Actas: después de las sesiones, los secretarios deben explicar lo que ha sucedido dentro de la reunión. Los miembros presentes y los que no, hora, data, debate en la reunión, etc. Sesiones pueden ser grabadas. Actas de la sesión tienen que ser aprobadas siempre de las actas anteriores. Totalidad de los miembros: aprobada. Cada administración puede definir las normas de cada órgano colegiado. Estas son las generales.
ACTO ADMINISTRATIVO. CONCEPTO, ELEMENTOS Y REQUISITOS
Vía por la cual las administraciones pueden ejercer funciones.
- Declaración intelectual de voluntad, de juicio, de deseo o de conocimiento que es emitida por una Administración y ejerce una potestad administrativa diferente a la potestad reglamentaria.
- Voluntad: decir lo que realizará.
- Juicio: emitir informes.
- Deseo: petición de la Administración.
- Conocimiento: declaración de un certificado (acto de conocimiento).
- Puede actuar en uso a sus competencias.
- Actos administrativos: dirigido a una persona o un colectivo. Vigencia definida.
- Reglamento: norma jurídica dirigida a todos. Vigencia indefinida.
- Ley 39/2015.
Elementos principales del acto administrativo
Requisitos que tiene que cumplir el acto administrativo para que sea válido.
Subjetivo:
Hace referencia al sujeto que dicta el acto. Es necesario que quien dicta el acto tenga que ser una administración pública con la competencia necesaria para ella. El órgano atribuido con la competencia dicta el acto. Dentro del órgano la persona que tiene el cargo para ejercerla.
Objetivo:
Hace referencia al contenido, el objeto del acto administrativo. Este objeto puede ser: un comportamiento, un hecho, un bien o una situación jurídica o algunos elementos mezclados. Siempre el objeto tiene que ser posible (Ley 39/2015 art. 47.1). Otros dos requisitos que cumplir desde el punto de vista objetivo: ajustado al ordenamiento jurídico y determinado.
Causal:
Razón, circunstancia o hecho que motiva a la existencia de este acto administrativo. En todos los casos tienen que estar sujeto en una norma de potestad en la cual la administración se basa para dictar el acto administrativo. Permiso por una normativa.
Teleológico:
Hace referencia a la finalidad, idea del acto administrativo. Siempre tienen que tener una finalidad pública, ir a buscar un interés público (bien común). Cuando un acto administrativo se desvía del interés público: desviación de poder. Cuando no se respeta estos elementos: interés privados o si se hace servir con finalidades diferentes que no salen en la norma de la potestad.
Forma (elemento formal):
Los actos administrativos con una forma concreta y determinada. La producción del acto: procedimiento administrativo (Ley 39/2017) bases para poder dictar actos administrativos. Forma de manifestarse de manera escrita y a través de medios electrónicos.