Principios de la Doctrina Social de la Iglesia: Participación, Solidaridad y Bien Común

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El Principio de Participación en la Doctrina Social de la Iglesia

La participación debe converger en el bien común. La participación en todos los órdenes de la vida en los que se encuentra inmerso es un derecho natural, porque el hombre tiene derecho a elegir su destino libremente. No queremos ser seres manipulados, por eso es un derecho que debe asegurar el Estado en todos los órdenes. La Doctrina Social de la Iglesia (DSI) ha insistido siempre en la importancia de la participación en el compromiso social de la persona, buscando el bien común. En los últimos años, el magisterio de la Iglesia que ha mencionado el principio de participación ha incidido sobre todo en tres puntos:

  1. Limitar la acentuada hipertrofia del justo principio de autoridad. El Estado actual está tratando de controlar todo y, en cierto sentido, dirigir la vida social y pública.
  2. Necesidad de arbitrar cauces de participación ciudadana en todos los ámbitos (cultural, familiar, político, etc.) con un marco jurídico que lo proteja.
  3. Estrategia enmascarada y envolvente de ciertos grupos ideológicos para imponer un clima de positivismo jurídico. Es una denuncia de la realidad. Se refiere a que existen tres modos o formas de cambiar o modificar una sociedad (el pensamiento de la gente):
  • Por medio de la educación.
  • Por medio de los medios de comunicación social.
  • Por medio del derecho.

El derecho crea costumbre y el subconsciente de la gente asocia que lo que es legal es bueno porque la ley lo permite. La ruptura del derecho positivo (derecho del Estado) con el derecho natural. El derecho positivo no existe, no considera al derecho natural. Los gobernantes legislan teniendo como criterio supremo la voluntad popular. En la Pacem in Terris (Juan XXIII), aparece la idea del principio de participación, aparte de otros muchos temas. El hombre contemporáneo pide y defiende, insiste mucho en sus derechos, pero recuerda que también hay deberes asociados a estos derechos.

Tendencia Asociativa y Derecho Natural de Asociación: Los Cuerpos Intermedios

El principio de convergencia de concepción orgánica de la vida social nos dice que la sociedad se estructura orgánicamente. Esto quiere decir que la sociedad está formada por una serie de grupos o asociaciones, formales o informales jurídicamente, que son creadas desde una base social con libertad de actuación y funcionamiento, y todo ello enriquece la vida pública. El derecho de asociación, formal o informal, es un derecho natural, independientemente de que el Estado lo reconozca o no. La persona tiene este derecho desde el nacimiento, por ser propio a su naturaleza. La persona, por su propia naturaleza, tiende a asociarse. Necesita de los demás, no solamente a nivel afectivo, sino también para desarrollarse como persona, encontrar el sentido a su vida. El ser humano se asocia para alcanzar los objetivos que solo no puede conseguir. Contribuye al proceso de madurez y personalización de la persona. El Estado tiene que protegerlo, nunca debe prohibirse este derecho. Los regímenes totalitarios que prohíben este derecho, desde el punto de vista de la Doctrina Social de la Iglesia, son rechazados.

Contexto Histórico: El Término "Socialización" en la DSI

Los pontificados posteriores a Pío XII siguen hablando de entidades intermedias, las necesidades de establecer todo un entramado social que proteja al sujeto regido del rector. Hay dos peligros que acechan a estas entidades intermedias:

El primero viene del sujeto rector y el segundo de la propia sociedad. Del sujeto rector, la tendencia de controlar y teledirigir todos los resortes de la vida socioeconómica, política, jurídica, violando así el principio de subsidiariedad. El poder, por su propia esencia, quiere dominar y controlar por medio de subvenciones, concediéndolas y denegándolas, a nivel estatutario, intereses políticos en las diferentes asociaciones, perdiendo su identidad.

El segundo viene por parte de la propia sociedad. Se refiere a lo que se denomina los lobbies. Un lobby es un grupo de presión que suele estar formado por varias asociaciones de una misma rama que actúan no buscando el bien común, sino un bien particular, frente al bien común general. Esos lobbies lo que hacen es degradar la vida social.

Definición de Solidaridad

Cuando se alude al principio de solidaridad, se habla de la interdependencia entre todos los pueblos y la existencia de una hermandad familiar universal. La hermandad familiar universal tiene varias cuestiones:

  1. De origen: todos somos hijos de Dios, somos hermanos espirituales.
  2. De fin último y de fin próximo: la vida eterna. El hombre está destinado al cielo (dependiendo del querer del propio hombre).
  3. De naturaleza: todo hombre está formado por cuerpo (perecedero) y alma (inmortal).
  4. De habitación: la Tierra entera, la casa de todos los hombres.
  5. De uso y disfrute: disponemos de los bienes de la Tierra de manera racional. Hay que tratar la naturaleza como si fuera un fideicomiso. Fideicomiso: lo que recibo tengo que legarlo a mis descendientes por lo menos tal y como lo he recibido, aunque lo ideal es devolverlo mejorado.

Hay una insistencia relativa al principio de solidaridad del Concilio de Juan Pablo II y nos dice que la solidaridad nos tiene que llevar a tratar al otro como persona, como sujeto y no como objeto.

El Principio de Convergencia en el Bien Común

En todo grupo social nos encontramos con un sujeto rector y un sujeto regido. La actuación del sujeto rector y del sujeto regido debe converger en el bien común que, en líneas generales, ha sido fijado por el sujeto rector (objetivos, metas,…) y lo que conlleva que tiene la obligación de seguir esas directrices. Existe una dependencia entre ambos y es: la autoridad está para servir, no para servirse del cargo, por lo que tiene una gran responsabilidad, tiene que dar cuentas de su administración; y el sujeto regido tiene la obligación de acatamiento de las disposiciones y directrices que manan del sujeto rector, siempre y cuando converjan en un bien común. Hay una mutua subordinación entre el sujeto rector y el sujeto regido. La autoridad es algo de derecho natural y es algo inherente a la naturaleza de la persona humana. La persona necesita una autoridad para llevar a cabo los fines a los que aspira. La autoridad también es necesaria para la construcción y desarrollo de la personalidad, organiza, desarrolla y manda, siempre teniendo en cuenta el bien común. Esto ocurre en todos los órdenes de la vida, la autoridad es necesaria. El bien común abarca tres aspectos:

  1. Desarrollo de las condiciones sociales que permitan al hombre su desarrollo y perfección.
  2. Tener presente también la realidad entera del hombre: las exigencias del cuerpo y del alma.
  3. El objeto propio es el desarrollo de los valores personales del hombre como imagen de Dios.

Pío XII definía el bien común como aquellas condiciones externas que posibilitan en el hombre el desarrollo de sus cualidades y oficios, de su vida intelectual, material y religiosa. Esto es el verdadero desarrollo en el hombre, debe abarcar todos los aspectos y dimensiones de la persona y no limitarse a niveles de bienes, de riqueza y servicios.

Principio de Acción Subsidiaria de la Autoridad

Escalafón de entidades de menor a mayor:

  1. Persona
  2. Entidad menor
  3. Entidad o institución mayor
  4. Gran organización
  5. A nivel estatal
  6. Organismos supranacionales

Toda aquella labor o función que pueda desarrollar una entidad menor no la debe subsumir, no se debe apropiar de ella una entidad mayor. La Quadragesimo Anno (Q.A. Pío XI) 79-80 refleja este tema, el principio de subsidiariedad desarrollado. El 79 se refiere al principio de subsidiariedad en todos los órdenes de la vida social y el 80 se refiere al principio de subsidiariedad en el ámbito político. La función de dirigir, vigilar, castigar y urgir (incentivar, alentar), es competencia propia y específica del Estado, no se puede dejar en manos privadas. Tiene que motivar hacia el bien común, debe favorecer al individuo para que alcance sus metas.

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