Principios y Dimensiones de la Seguridad Jurídica: Una Perspectiva Filosófica y Práctica

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Los Principios Fundamentales de la Certeza Jurídica en el Estado Moderno

Los derechos del Estado moderno incluyen un amplio conjunto de principios jurídicos orientados hacia la protección de la certeza jurídica.

Principios Clave de la Seguridad Jurídica

  1. Principio de Legalidad

    Implica el sometimiento de los poderes a la ley, permitiendo predecir su conducta. Esto aplica al Poder Judicial (obvio), al Poder Ejecutivo y la Administración Pública (con un sentido tradicional), y al Poder Legislativo (sometimiento a la Constitución).

    En el derecho penal, se resume en el aforismo: nullum crimen, nulla poena sine lege (no hay delito ni pena si no están establecidos como tales en la ley penal). Si existe una ley previa, sabemos qué conductas constituyen un delito y podemos actuar en consecuencia.

  2. La Ignorancia de la Ley no Exime de su Cumplimiento

    La ley se aplicará tanto a quienes la conocen como a quienes no.

  3. Principio de Jerarquía Normativa

    En caso de antinomia (conflicto entre normas), se aplicará la norma de jerarquía superior.

  4. Cosa Juzgada

    Si la posibilidad de recurrir una sentencia judicial ante un tribunal superior no tuviera límites, nadie podría estar seguro de que los derechos reconocidos en una sentencia se mantendrán. Se debe establecer un límite a la posibilidad de recurrir contra una sentencia. Cuando se alcanza este límite, la sentencia ya no se puede cambiar.

  5. Irretroactividad de las Normas

    Se refiere a la irretroactividad de las normas sancionadoras, desfavorables o restrictivas de derechos.

  6. Principio de Respeto a los Derechos Adquiridos

    Los efectos de la anulación de un acto jurídico no suponen que quien adquirió ciertos derechos de buena fe los pierda, manteniéndolos aunque el acto haya sido anulado.

  7. Inexcusabilidad de Decidir por Parte de los Jueces

    El juez está obligado a resolver los asuntos que caen bajo su competencia y no puede excusarse alegando la existencia de lagunas. Si el juez no pudiera resolver, existiría inseguridad e incertidumbre sobre los derechos.

  8. Prohibición de la Analogía Contra Reo en Derecho Penal

    Si la conducta de un individuo no encaja en la descripción de un delito, no se le puede condenar aplicando una norma que contemple un delito parecido.

Principios Adicionales (Según Fuller)

Además, tres principios tomados de los requisitos de los que hablaba Fuller:

  1. Publicidad de las Normas: Para poder conocerlas y saber a qué atenerse.
  2. Interdicción de la Arbitrariedad: Prohibición de que los poderes públicos actúen por capricho o sin base alguna.
  3. Generalidad de las Normas: El derecho debe regular mediante normas generales y abstractas, aunque también puede haber normas particulares y concretas.

El Tercer Nivel o Significado de la Seguridad Jurídica (Sentido Estricto)

Este significado es peculiar y defendido por Atienza, y no suele ser el que utilizan los juristas tradicionalmente.

Se define como un sistema coactivo, institucionalizado y justo, que asegura y hace previsibles los valores de igualdad y libertad. La capacidad del derecho es hacer previsible estos dos valores jurídicos.

La seguridad jurídica solo es valiosa cuando lo predecible es un sistema jurídico que sea justo (respetuoso de la igualdad y la libertad). De lo contrario, sería preferible no estar seguro, para que sea posible que los otros dos valores morales puedan manifestarse. Así, se evita un uso conservador de la idea de seguridad jurídica, usada por los juristas para justificar interpretaciones formalistas de las normas, es decir, interpretaciones que no atienden a los valores que están detrás de ellas.

Ser leal a las normas no es ser leal literalmente, sino serlo tanto o más a los principios y valores subyacentes. La norma sigue un curso de acción, no “porque sí”, sino porque sirve para proteger ciertos valores. Estos valores deben orientar la interpretación, sin quedarnos con el significado literal, tras la excusa de que así protegemos la seguridad jurídica.

En conclusión, la seguridad jurídica solo es valiosa si la subordinamos o conectamos con otros valores sustantivos (que se reconducen a los de seguridad y libertad).

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