El Principado de Augusto: Transformación Política y Jurídica de Roma

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El Principado de Augusto: Un Nuevo Sistema Político

Con la victoria de Octavio sobre sus enemigos y el castigo de los asesinos de César, comienza un nuevo sistema político en Roma.

En el 43 a.C., Octavio es elegido cónsul, y en el 32 a.C. recibe poderes extraordinarios gracias a la coniuratio Italiae et provinciarum. Se le considera el restaurador de la República en virtud del consentimiento universal de los ciudadanos (consensus universorum). A partir de ese momento, ocupa una posición preeminente (princeps, el primero) en el Senado y recibe un imperium especial sobre las provincias no pacificadas.

El Senado le concede el título de Augustus. Desde entonces, superó a todos en auctoritas, pero no en potestas, la cual era desempeñada por las magistraturas como colegas suyos. Así, Augusto se define como optimi status ductor, pero, al igual que César, se apoya en el ejército y en el pueblo.

La Consolidación del Poder Imperial

En la nueva fase constitucional, se concede al príncipe:

  • El imperium proconsulare maius et infinitum: mando supremo sobre el ejército y las provincias imperiales.
  • La tribunicia potestas: facultad de oponer el veto o intercessio a los actos de los magistrados, así como la facultad de convocar el concilio (ius agendi cum plebe).

Conseguida la paz interior, Augusto inicia un vasto proceso de romanización de las provincias. Con la preeminencia del título de ciudadano romano (civis romanus), concede individualmente la ciudadanía a los provinciales que tienen sistemas de gobierno semejantes al romano.

La Burocracia Imperial

Con el Principado aparece la burocracia imperial. El príncipe delega sus funciones en una serie de cargos jerarquizados y retribuidos. Los de mayor poder e importancia eran los prefectos (praefecti):

  • Praefectus praetorio
  • Praefectus urbi (de la ciudad)
  • Praefectus vigilum (de los guardias)
  • Praefectus annonae (de los alimentos)
  • Praefectus vehiculorum (de los vehículos)

Junto al prefecto de la ciudad, tenía mayor poder el que mandaba la guardia pretoriana, que, a veces, decidía la sucesión en el trono imperial.

Los scrinia se ocupaban de las diversas cuestiones del gobierno. Eran:

  • Ab epistulis: se ocupaban de la correspondencia.
  • A rationibus: gestión financiera y administración del fisco imperial.
  • A cognitionibus: cuestiones judiciales sometidas al Emperador.
  • A libellis: peticiones y quejas.

El Emperador Adriano crea el consilium principis, un órgano de asesoramiento integrado por altos funcionarios y destacados juristas.

El Derecho Durante el Principado

El derecho romano alcanza su apogeo y perfección técnica durante el Principado.

En los años 18 y 17 a.C., Augusto presentó a los concilios plebeyos, como tribuno, las leyes públicas de collegiis, sumptuaria y las leyes penales de ambitu, de adulteriis coercendis y de vi publica et privata. En materia matrimonial, promulgó la lex Julia de maritandis ordinibus, y en materia de procedimiento, la lex Iulia iudiciorum privatorum y la lex Iulia iudiciorum publicorum. A los comicios centuriados se presentaron por los cónsules la lex Fufia Caninia, Aelia Sentia y Iunia Norbana, en materia de manumisión, y la lex Papia Poppaea Nuptialis.

La actividad libre y creadora de la jurisprudencia, donde actúan personas independientes como Labeón, se somete a un proceso de absorción por la auctoritas del príncipe cuando este concede el ius respondendi a destacados juristas.

La Sucesión Imperial

Ni Augusto ni sus sucesores supieron afrontar la cuestión más grave del nuevo régimen: la sucesión. Predominó la designación de miembros de las familias imperiales y tuvieron influencia tres formas:

  1. La designación o cooptación de su sucesor realizada en vida por el príncipe, con frecuencia entre sus familiares.
  2. La elección por el Senado.
  3. La aclamación del imperator por las legiones.

Los príncipes usaron el tradicional sistema de la adopción, pero no siempre el sucesor fue aclamado por el Senado o por las legiones. Con los Flavios, la elección se hace por la aclamación de las legiones, como sucedió con Vespasiano. Los Antoninos (Nerva, Trajano, Adriano, Antonino Pío, Marco Aurelio y Cómodo) siguieron el sistema de la adopción.

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