Prevención de Riesgos Laborales: Salud y Seguridad en el Entorno de Trabajo
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Introducción al Trabajo y la Salud
Trabajo: Se define como la prestación de un servicio a cambio de un salario.
Salud: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), es el estado de bienestar completo, abarcando los ámbitos físico, psicológico y social.
Relación entre trabajo y salud
- El trabajo puede tener un impacto negativo para la salud si no se gestiona adecuadamente.
- El entorno se compone de factores que pueden causar daños, conocidos técnicamente como Riesgos Laborales.
Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
La LPRL es la ley básica general que regula la seguridad y salud en el ámbito laboral.
Características principales
- Traspone una directiva europea al marco legal nacional.
- Incluye la prevención en todas las fases de la actividad de la empresa.
- Propone un modelo activo (que actúa directamente sobre el riesgo) frente al modelo reactivo (que interviene solo después de que se ha producido el daño).
Conceptos fundamentales
- Prevención: Conjunto de medidas previstas en todas las fases de actividades de la empresa cuyo objetivo es evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
- Riesgo Laboral (RS): Factores de daño que representan la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
- Daño: Consecuencia del riesgo. Se refiere a las enfermedades, patologías o lesiones sufridas a consecuencia del trabajo.
- Peligro: Situaciones o condiciones que tienen el potencial de causar un riesgo.
Disciplinas de la prevención
- Seguridad en el trabajo: Se encarga de controlar los riesgos en lugares y equipos para evitar Accidentes de Trabajo (AT).
- Higiene industrial: Estudia y controla los contaminantes en el entorno laboral para prevenir Enfermedades Profesionales (EP).
- Ergonomía y Psicosociología:
- Ergonomía: Adaptación del trabajo y las herramientas al trabajador para evitar la fatiga física y mental.
- Psicosociología: Gestión de los riesgos psicológicos y sociales en la organización.
- Medicina del trabajo: Especialidad médica que estudia las consecuencias del trabajo en la salud de las personas.
Derechos y Obligaciones en Materia Preventiva
El Trabajador
Derechos:
- Protección de su salud de forma general en el ámbito laboral.
- Específicos: Derecho a la información y formación sobre los riesgos de su puesto y las medidas preventivas aplicables.
- Resistencia: Derecho a interrumpir la actividad o negarse a realizar trabajos si existe un riesgo grave e inminente para su salud.
- Vigilancia periódica de su estado de salud.
Obligaciones:
- Actuar con la diligencia debida en materia de seguridad.
- Cumplir las normas de seguridad (NS) establecidas en la LPRL.
- Hacer un uso correcto de los equipos de trabajo y medios de protección.
- Informar de inmediato sobre cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la salud en su puesto.
El Empresario
- Obligación General: Garantizar la protección de la salud y seguridad de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Daños derivados del trabajo: Enfermedades y Lesiones
Los daños se manifiestan principalmente a través de enfermedades y lesiones:
- Accidente de Trabajo (AT): Lesiones corporales sufridas a consecuencia del trabajo. Se define como un suceso brusco, imprevisto y no deseado.
- Enfermedad Profesional (EP):
- Definición legal: Aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, siempre que esté prevista en el cuadro oficial de enfermedades profesionales.
- Desde la perspectiva de PRL: Patología médica no traumática provocada por el entorno laboral que causa un daño progresivo en el trabajador.
- Otros daños: Diversas patologías o alteraciones de la salud derivadas de la actividad laboral que no encajan estrictamente en las definiciones anteriores.
Riesgos y Medidas de Prevención
Riesgo: Es la posibilidad de que se materialice un daño. Sus elementos determinantes son las condiciones de trabajo y las características individuales del trabajador.
Prevención frente a Protección
- Prevención: Busca evitar la materialización del riesgo (Sin riesgo = No hay daño).
- Protección: Actúa sobre las consecuencias, disminuyéndolas una vez que el riesgo se ha materializado (Existe riesgo = Se minimiza o elimina el daño).
Es prioritaria la aplicación de medidas de prevención antes que las de protección.
Jerarquía de las medidas de prevención
- Eliminar la fuente de riesgo en su origen.
- Eliminar o reducir la transmisión del riesgo hacia el trabajador.
- Aplicar medidas de protección en el propio trabajador (como el uso de EPIs).